29 mar (La Calle). – Frente a la crisis sanitaria por coronavirus (Covid-19), las empresas tuvieron que cambiar su ritmo de trabajo. Hasta el Ministerio de Trabajo (MDT) llegaron denuncias contra los empleadores por enviar a vacaciones forzadas a los trabajadores durante la emergencia sanitaria, cambiar horarios de trabajo o suspender los sueldos.
La respuesta del MDT fue el acuerdo ministerial número MDT 2020-080 que apoya al empleador y desampara al empleado en sus derechos.
El documento fue suscrito por el ministro Luis Poveda Velasco y le faculta al empleador para que aplique jornadas laborales los sábados y domingos, “siempre y cuando se garantice al trabajador el descanso por dos días consecutivos. Esas jornadas, según el artículo reformatorio 3, no podrán superar las 12 semanales y las ocho horas diarias previstas”.
En su parte central, el Acuerdo Ministerial establece que empleador y trabajadores podrán, de común acuerdo, establecer un calendario de pago de la remuneración durante el tiempo que persista la suspensión emergente de la jornada laboral.
En cuanto a las vacaciones, el empleador fijará la fecha de inicio y el fin de uso del periodo de vacaciones acumuladas, a las que tuviere derecho al trabajador, siempre y cuando medie el consentimiento del mismo.
Finalmente, las modalidades de trabajo (presencial o teletrabajo) están en estricta relación a la movilización del empleador, la prevención de riesgos y las “condiciones económicas que enfrente la empresa, con la finalidad de precautelar el empleo y sin que tales modalidades impliquen la renuncia de sus trabajadores”.