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Llori se blinda y no permite la apelación a la Presidencia

Quito, 29 mar (La Calle). – La presidenta de la Asamblea Nacional, Guadalupe Llori, suspendió el debate en el Pleno a pesar de los reclamos de las bancadas de UNES y el Partido Social Cristiano (PSC) que solicitaron por segunda vez la apelación a ese cargo como estipula la Ley de la Función Legislativa.

“La Asamblea es el órgano donde se procesan las diferencias políticas e ideológicas. Un procesamiento correcto permite que exista paz en el país, sin embargo, por tercera vez se violenta el proceso legislativo. No solo en el tratamiento de mociones sino en una figura de tradición legislativa como la apelación a la presidencia. Cuando esto sucede la persona que dirige la sesión tiene la obligación de bajar a defenderse a su curul. Es la segunda vez que no se da y se suspende abruptamente la sesión. Afortunadamente no han apagado la luz y tampoco han ordenado que la escolta legislativa ponga candados en el Pleno”, dijo el legislador Esteban Torres.

El coordinador del PSC estuvo acompañado de miembros de UNES y el ala radical de Pachakutik. “Presidenta, se está aferrando al cargo. No deja que fluya lo que dice la ley y nosotros no toleraremos acciones de este tipo e ilegalidades. La función legislativa tiene el derecho de plantear observaciones y usted no está dando la posibilidad de debate”, añadió Marcela Holguín.

Llori y el debate

Durante la sesión del Pleno, los legisladores debatieron las expresiones de presunta corrupción por parte de algunos miembros de la Asamblea. El legislador por Pachakutik Mario Ruiz dijo que este periodo legislativo ha sido atacado desde que comenzó su gestión. “Aquí hay asambleístas que no nos hemos reunido nunca con un ministro. No hemos aceptado ni hemos pedido nada porque nada queremos”, expresó.

La presidenta suspendió el debate para dar paso a la votación sobre la resolución de las declaraciones del presidente. Al mismo tiempo empezaron los reclamos de los legisladores de UNES y Pachakutik. “Vuelven a la calma o suspendo la sesión”, dijo Llori.

Finalmente se suspendió la sesión por falta de garantías. De acuerdo con la presidenta, la apelación a su cargo no se pidió por el sistema. No obstante, el artículo 140 de la LOFL no indica este requisito para la apelación.

Art. 140.- De la apelación a la Presidencia.­ Un asambleísta podrá apelar la Presidencia, cuando considere que ésta ha vulnerado las normas procedimentales establecidas en esta Ley. En este caso la Presidenta o Presidente encargará la dirección de la sesión a quien corresponda; el apelante tendrá hasta tres minutos para presentar y justificar la apelación y el apelado podrá en igual tiempo, contestar la apelación. A continuación, la Presidenta o Presidente actuante, sin debate, dispondrá que se vote. Si la apelación es negada la Presidenta o Presidente reasumirá la dirección de la sesión; y si es aceptada, continuará la sesión con la Presidenta o Presidente actuante hasta su culminación, reintegrándose el titular en la sesión siguiente. MIB