Va porque va; Asamblea Nacional ratificó Ley para evitar cobros indebidos en los bancos que vetó Lasso

Quito, 02 feb (La Calle).-Con 123 votos afirmativos, la Asamblea Nacional ratificó 20 artículos del proyecto de Ley Orgánica para Defender los Derechos de los Clientes del Sistema Financiero Nacional y Evitar Cobros Indebidos y Servicios No Solicitados.

Asimismo, con 134 votos a favor se acogió las 12 sugerencias planteadas en la objeción parcial del presidente Guillermo Lasso.

La Ley fue debatida la tarde de este miércoles 2 de febrero y será publicada en el Registro Oficial en las próximas horas.

“Gracias al trabajo de esta nueva Asamblea Nacional, el pueblo ecuatoriano por fin cuenta con una ley que nos defienda de los cobros abusivos y de las malas prácticas que se han venido produciendo en el sistema financiero”, indicó la presidenta del Legislativo, Guadalupe Llori.

El asambleísta por UNES, Pabel Muñoz, resaltó que “la regulación pretende ampliar los derechos de los clientes de los bancos y evitar que sean afectados”.

Ahora las entidades financieras tienen prohibido hacer llamadas o mensajes de hostigamiento sobre cobros u ofertas de servicios no solicitados. Además, si ocurren este tipo de llamadas deberán realizarse desde un número identificable, no sin antes la autorización del cliente o destinatario.

Otras normas de la Ley

La normativa obliga a las instituciones financieras a realizar y reforzar los controles sobre los servicios que dan a través de la banca electrónica y demás canales electrónicos. También dispone que las entidades bancarias lleven a cabo sistemas de seguridad más estrictos que protejan el dinero de sus usuarios y clientes.

Otro aspecto del proyecto determina que deberán informar a sus usuarios y clientes sobre las medidas de seguridad que adoptarán respecto al uso de claves y contraseñas.

Desde ahora los bancos presentarán informes

El proyecto establece que las instituciones financieras deberán remitir un informe de rendición de cuentas a la Asamblea Nacional. Este informe deben realizarlo durante el primer trimestre de cada año basándose en el ejercicio económico del anterior trimestre.

“(…) en él se incluirá una descripción general del estado financiero nacional, así como los resultados del control y de la defensa de los derechos de los usuarios y clientes”, reza el comunicado del Legislativo.

En el caso de servicios no financieros prestados por terceros, entidades financieras deberán dar la información relacionada con el proceso de cobro o cargo.

Los usuarios cuentan con el derecho a elegir libremente productos y servicios, financieros o no financieros. Todo esto “en función de los precios, tarifas, gastos, costos, así como los beneficios existentes y a suscribir instrumentos, sin ser presionados, coaccionados o inducidos”, finaliza el escrito.

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