Quito, 10 abr (La Calle). – El SNAI presentó el recurso de apelación contra el hábeas corpus en favor del exvicepresidente, Jorge Glas. Así lo anunció a través de Twitter el ministro de Gobierno, Francisco Jiménez.
“El Gobierno rechaza categóricamente la decisión del juez en el caso Glas. Por eso, dimos inmediatamente la disposición para que se interpongan los recursos jurídicos correspondientes y que la justicia actúe en el ámbito de sus competencias”, señaló Jiménez a través de los canales de la Secretaría de Comunicación de la Presidencia.
Jiménez ratificó el rechazo del Gobierno a la decisión del juez Moscoso, quien concedió el hábeas corpus a Glas. No obstante, también reiteró que el Ejecutivo agotará todos los recursos permisibles en la ley para apelar esta decisión. Y añadió que “el Gobierno no va a meter sus manos en la justicia, como sí lo hicieron quienes nos precedieron”, dijo en sus más recientes declaraciones, durante una rueda de prensa.
Argumentos de apelación al hábeas corpus
El documento detalla que cualquier juez puede interponer la acción de habeas Corpus siempre que se encuentre en el lugar donde se presuma está la persona privada de libertad. Es decir, el hábeas corpus debe estar acreditado por un juez que desconozca el lugar donde se encuentre la persona privada de libertad.
Sin embargo, argumenta el Gobierno, el caso del exvicepresidente es un caso público. Por tanto, SNAI señaló que el juez Moscoso tenía conocimiento de lugar donde se encontraba el privado de libertad. Asimismo, apuntó que la Unidad Judicial de Manglaralto, en Santa Elena, no es una unidad competente para procesar una acción constitucional.
El SNAI también manifestó que el exvicepresidente no cumple con los requisitos del COIP vigente en el actual régimen semiabierto. Y solicitó que se remita el expediente al Tribunal competente para conocer y resolver el recurso de apelación.
Además, considera que la acción de hábeas corpus es improcedente ya que Glas cuenta con dos sentencias condenatorias y enfrenta un tercer proceso por el caso Singue.