Quito, 15 de ago (La Calle).- La Contraloría General del Estado anunció que desde el lunes 16 de agosto las entidades del sector público deberán solicitar a la Contraloría un informe de pertinencia para la contratación pública que iguale o supere los USD 962.410.
Este monto se aplicará en el primer año de vigencia de esta reforma. A partir del segundo año se deberá cumplir este requisito independientemente del monto.
Las reformas del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Contraloría se efectuaron para perfeccionar el modelo de gestión del control público en el país y emitir Informes de Pertinencia para las contrataciones en el sector público, reza el comunicado.
Reformas hechas con ayuda de Presidencia
Funcionarios de la Contraloría, especializados en contratación pública, realizaron un trabajo coordinado con la Presidencia de la República para redactar la reforma al Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP). Este trabajo permite la aplicación de la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico Integral Penal en materia anticorrupción. El documento fue aprobado por el ejecutivo el pasado 12 de agosto del año en curso.
Además, se creó la Dirección Nacional de Contratación Pública para que determine la pertinencia de los procesos de contratación y verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley.
Sobre el informe
Las entidades contempladas deberán llenar la solicitud de Informe de Pertinencia, empleando el formulario en línea publicado en los servicios del portal web de la Contraloría.
Entre los requisitos del formulario están que los responsables de contratación pública autorizados por cada entidad deberán detallar el objeto y tipo de contratación, presupuesto referencial, declaración de existencia presente o futura de recursos para cubrir la contratación, declaración de constancia de la contratación en el Plan Anual de Contratación de la institución y estudio de mercado.
La Contraloría establecerá la pertinencia y buen estado de la contratación. Esto significa que se pronunciará sobre la “congruencia de la información provista por la entidad contratante, respecto a la necesidad de contratación declarada por la misma y el cumplimiento de los requisitos que establece la normativa vigente”.
Cuando el informe sea aprobado, la Contraloría comunicará a la entidad contratante y al Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP), a través de medios electrónicos
Una vez aprobado el Informe, la Contraloría notificará a la entidad contratante y al Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP), a través de medios electrónicos. Posteriormente, se publicarán todos los informes emitidos en el portal web de la Contraloría.