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Ocho procesados por trata de niños con fines de explotación laboral

Quito, 23 feb (La Calle).- Una jueza de Garantías Penales dictó auto de llamamiento a juicio a ocho ciudadanos como presuntos responsables del delito de trata de menores con fines de explotación laboral, trabajo infantil y mendicidad.

La Magistrada también ratificó la medida cautelar de prisión preventiva como medida de protección a favor de las víctimas. Los acusados responderían a los nombres de:para Ángel G., Luis B., Juan B., Mario T., Juan T., Nelly G., Evelyn U. e Isabel S.

La investigación previa de este caso se inició el 5 de abril de 2021. Como resultado de la vigilancia y seguimiento en la zona, se determinó que este grupo operaba en la avenida América y Naciones Unidas. Los infantes eran trasladados desde el sector de La Colmena (centro-sur de Quito).

En ese lugar, los procesados controlaban y gestionaban que los niños cumplan con sus “labores” de venta informal y mendicidad. Además, las víctimas también eran objeto de amenazas y maltratos por parte de los detenidos, cuando no generaban dinero.

Audiencia

En la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, desarrollada la tarde del lunes 21 de febrero, la fiscal María Susana Rodríguez –en su dictamen acusatorio– señaló que los procesados obligaban a niños y niñas a trabajar y mendigar hasta horas de la madrugada en el sector de la Plaza de las Américas, en el norte de la capital.

Entre las evidencias encontradas constan versiones, informes investigativos y de seguimientos a los procesados, las órdenes de detención, los informes de los allanamientos.

Además, pericias de entorno social, psicológicas y de trabajo social practicadas a los niños, pericias de identidad humana, cotejamiento de voces y rasgos de personalidad de los procesados, el acta de evidencias. Asimismo, se realizó un informe de reconocimiento del lugar de los hechos.

Este caso se procesa según en el artículo 91, numerales 3 y 6, en relación con el artículo 92, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Según el COIP, se sanciona a quien incurra en este delito con una pena privativa de libertad de dieciséis a diecinueve años.

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