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Fiscalía debe investigar el acceso a herramientas de comunicación por parte de Daniel Salcedo

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Quito. 29 enero (La Calle).-Ahora mismo es tendencia en twitter un video en el que el sentenciado Daniel Salcedo baila una canción, mientras, los que aparentemente, son sus compañeros de prisión, lo acompañan.

Es un video para Tik-Tok, similar al que en algún momento hizo también Jocelin Mieles, quien también fue sentenciada por el caso “insumos médicos”.

En Radio La Calle no vamos a poner ese video que se puede observar con suma facilidad, con demasiada facilidad, en redes sociales. Para el jurista Efren Guerrero, que un sentenciado en un “régimen de limitación de derechos” es un delito carcelario.

“Una persona interna en un régimen, como en el que se encuentra Daniel Salcedo, no tendría porque usar un celular, se trata de un régimen cerrado”.  El artículo 275 del Código Orgánico Integral Penal, (COIP), dice, claramente, que si una persona ingresa equipos de comunicación, puede ser sancionada con uno o tres años de prisión”.

Para Guerrero, es responsabilidad de la Fiscalía establecer el contrabando de celulares en las cárceles como también se debe establecer interferencias de las señales.

Igualmente, la Fiscalía podría solicitar a la red social tik tok, el baneo del usuario, es decir una restricción temporal o definitiva de un usuario de un sistema informático.

Por lo pronto, como se conoció la Fiscalía emitió oficios al Director General del Servicio Integral a Personas Privadas de la Libertad y Adolescentes Infractores, (SNAI) y al juez a cargo del caso. De acuerdo al comunicado, “el mencionado ciudadano estaría utilizando medios tecnológicos al interior del Centro de Rehabilitación”.