Quito, 06 ene (La Calle). – La decisión del juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) Ángel Torres de destituir y arrebatar los derechos políticos a cuatro integrantes del Consejo Nacional Electoral contraviene el Código de la Democracia. Esto debido a que ambas acciones no aplican en consejeros del CNE . Así lo explicó el abogado y asambleísta alterno Luis Fernando Molina.
“El artículo 270.3 del Código de la Democracia establece claramente que en el caso de los vocales del Consejo Nacional Electoral, la sentencia no puede llevar ni a la suspensión de los derechos políticos, ni a la destitución de su cargo. De tal manera que en este momento la decisión del juez Torres resulta ilegal, arbitraria y contraria al Código de la Democracia”, indicó el jurista en diálogo con Radio La Calle.
El CNE, de acuerdo con la ley, tendrá dos días para apelar el fallo del Tribunal Contencioso Electoral y el pleno del TCE resolverá ese pedido de apelación dentro de los siete días siguientes.
El TCE debería revocar la decisión del juez Torres y plantea la posibilidad de destituir a dicho juez por incumplimiento de la norma. “Todo esto debe resolverse por medio de una sola instancia que es el TCE y sin afectar al desarrollo de las elecciones 2021”.
Intereses y retraso de las elecciones
Para Molina, existen intereses políticos en torno a la sentencia del juez Torres. “El objetivo claro es dilatar las elecciones. Con una sentencia que es contraria al Código de la Democracia lo que quieren es que el candidato Álvaro Noboa pueda ingresar por la ventana y a última hora. Detener el proceso de impresión de papeletas y proceder a la inscripción de Noboa y el retraso de las elecciones”, expresó.
¿Qué sucedió?
El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) declaró a los integrantes del Consejo Nacional Electoral (CNE) Diana Atamaint, José Cabrera, Enrique Pita y Luis Verdesoto culpables de infracción electoral muy grave. El TCE ordenó una sanción equivalente a 70 remuneraciones básicas, destitución de cargos y suspensión de derechos de participación por 4 años.