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Defensoría del Pueblo rechaza el uso de armas letales por parte del Ejército

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Quito, 01 jun (La Calle).- La Defensoría del Pueblo exige la derogación del Acuerdo No. 179 del Ministerio de Defensa que direcciona el uso de la fuerza y armas letales por parte de organismos de control, informó este lunes en un comunicado. 

“De no tomarse en cuenta este exhorto preliminar, procederemos con la interposición de la debida demanda de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional, con el objetivo de suspender los efectos de este acto, expulsarlo del ordenamiento jurídico y determinar responsabilidades por su emisión”, dice parte del documento.

El organismo agregó que responsabilizarán al gobierno de cualquier incidente durante las posibles manifestaciones sociales durante el estado de excepción decretado por la emergencia sanitaria a causa de la COVID–19 en Ecuador.

El acuerdo ministerial Nro. 179 suscrito por el ministro de Defensa, Oswaldo Jarrín permite en el artículo 5, el uso de la fuerza “durante el desarrollo de las operaciones militares, cuando las circunstancias así lo exijan y/o durante un estado de excepción”

También faculta a las Fuerzas Armadas al uso de la fuerza: “1. Ante reuniones, manifestaciones, disturbios internos y otras situaciones de violencia interna, que deriven en grave conmoción interna o calamidad pública; previa declaratoria del estado de excepción que disponga el empleo de Fuerzas Armadas”.

Ambos artículos, además del uso de armas letales, se contraponen a los estatutos constitucionales y de organizaciones como las Naciones Unidas que señalan que el uso de armas debe ocuparse únicamente en peligro inminente de muerte.