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Corte Constitucional da luz verde a la eutanasia en Ecuador

Quito, 7 feb (La Calle).- La Corte Constitucional (CC) aprobó la sentencia de despenalización de la eutanasia en Ecuador. La petición se analiza desde el caso de Paola Roldán, quien padece esclerosis lateral amiotrófica (ELA), una enfermedad que impide su movilidad.

La CC mencionó que este proceso forma parte del derecho a una vida digna y al desarrollo de la autonomía. Además, estableció un plazo de seis meses para que el Defensor del Pueblo presente un proyecto que regule los procesos eutanásicos.

“Para constancia del cumplimiento deberá remitir a este Organismo la fe de presentación del proyecto respectivo ante la Asamblea Nacional”, detalla la sentencia.

De la misma manera, el Ministerio de Salud Pública (MSP) tendrá dos meses para expedir un reglamento con el procedimiento de la eutanasia activa y voluntaria. Para su cumplimiento deberá remitir la información a la CC. Mientras que a la Asamblea Nacional le otorgó un plazo de 12 meses para que conozca y debata el proyecto. Posterior a eso, deberá emitir una ley que regule este procedimiento con los estándares más altos de calidad.

El inicio de la lucha

Roldán presentó la demanda de admisibilidad a la Corte en octubre de 2024, luego de padecer por tres años ELA. Actualmente, vive con su pequeño hijo y su esposo postrada en una cama y con ayuda de un respirador. La afectada se sometió a diferentes procedimientos para encontrar una cura, pero ninguno funcionó. Tras largos años de dolor, planteó su deseo de morir de manera legal cuando ella decida.

“El que esto no esté legalizado, no significa que no esté ocurriendo. Esto ocurre tras bastidores, de maneras clandestinas, a medianoche, con historias clínicas cambiadas, con médicos que por compasión quieren ayudar a sus pacientes, con hijos que ante el desespero ayudan a su familia. Todo ocurre a la luz de la sombra. Con culpa, con riesgo, con miedo”, dijo al País.

Un revés…

El 24 de enero de 2024, la CC rechazó la recusación contra dos juezas que analizaban el caso de Paola por falta de argumentos probatorios a la acusación interpuesta por una entidad provida. Según la organización “Dignidad y Derecho”, las magistradas serían amigas cercanas de Farith Simon, abogado del caso.

La “evidencia” que presentaron las integrantes fueron fotografías de una reunión de una universidad. Para ellas, un “observador razonable no podría objetivamente fundar una sospecha de parcialidad”.