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Consulta popular: ¿volveremos a las urnas?

Quito, 13 oct (La Calle). – La decisión de la Corte Constitucional (CC) dio paso al proceso de referéndum a seis de las ocho preguntas del Gobierno. Ahora todo dependerá del siguiente paso del Ejecutivo.

Hay que entender que dos de las preguntas (sobre la participación de militares en el control de seguridad ciudadana y eliminar funciones al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social) no necesitan enmienda sino una reforma parcial ¿Qué significa esto? Según el artículo 442 de la Constitución ecuatoriana:

“La iniciativa de reforma constitucional será tramitada por la Asamblea Nacional en al menos dos debates. El segundo debate se realizará al menos noventa días después del primero. El proyecto de reforma se aprobará por la Asamblea Nacional. Una vez aprobado el proyecto de reforma constitucional se convocará a referéndum dentro de los cuarenta y cinco días siguientes.

Para la aprobación en referéndum se requerirá al menos la mitad más uno de los votos válidos emitidos. Una vez aprobada la reforma en referéndum, y dentro de los siete días siguientes, el Consejo Nacional Electoral dispondrá su publicación”.

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El siguiente paso

De acuerdo con el abogado Ramiro Aguilar, es complicado que estos dos temas se aprueben en la reforma parcial. “La seis preguntas que pasaron van a la Consulta Popular, pero las otras dos deben pasar primero por la Asamblea y luego al referéndum sino no se aprueban”.

El control de constitucionalidad, por otro lado, al que se refiere la CC pasará después de la Consulta para determinar si es pertinente su aplicación. Es una disposición de la Ley Orgánica de Garantías Constitucionales.

Artículo 127. – “Alcance.- La Corte Constitucional realizará un control automático de constitucionalidad de todas las convocatorias a consulta popular. El control de constitucionalidad se ejercerá en los mismos términos y condiciones que el control previsto en la Sección Tercera del Capítulo Cuarto del presente Título, y estará encaminado a garantizar la libertad de la electora o elector y la constitucionalidad de las disposiciones jurídicas o las medidas a adoptar a través de este procedimiento. Las disposiciones jurídicas que fueren el resultado de un referendo, se someterán al régimen general del control constitucional.

Por lo tanto, es posible que el Ejecutivo ya empiece con el proceso en el Consejo Nacional (CNE).

¿Pasará la Consulta?

Para el jurista, el desprestigio del Gobierno es una señal de un posible fracaso de la Consulta Popular en las urnas. “Por cuestión de economía, la Consulta Popular debería coincidir con las elecciones seccionales de 2023. Veo al Gobierno tan débil que no sé si llegue a febrero del 2023 y si llega, lo hace con nueve de cada diez ecuatorianos detestándolo”.

Añadió que la forma en cómo responderán esos nueve ecuatorianos insatisfechos con el Gobierno es botando no en la consulta. “El Gobierno es un boxeador contra las cuerdad, muy débil que apenas puede sostenerse. (…) No sé si llegue a febrero, pero si lo hace, su legitimidad está por los suelos”. (MIB)