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Gobierno vulnera el “común acuerdo” entre empleados y empleadores

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Quito, 16 jul (La Calle).- El Ministerio de Trabajo ordenó, mediante un acuerdo, las directrices para la reducción emergente de la jornada laboral, acción que vulnera los derechos laborales.

“La reducción de la jornada laboral de trabajo podrá aplicarse por un año a partir de su registro en el Sistema Único de Trabajo (SUT) y podrá ser renovable por el mismo período en una ocasión”, indica uno de los artículos. De manera que el empleador puede reducir durante dos años la jornada.

“Mutuo acuerdo”

El empleador deberá inscribir al trabajador de forma individual para reducir su jornada laboral. “Realizado el registro, el empleador comunicará por cualquier medio disponible la reducción y vigencia al trabajador”.

Este artículo rompe la figura de mutuo acuerdo entre ambas partes, al ser responsabilidad del empleador el registro de reducción. Que se informe después al trabajador no aclara si debe existir una comunicación o negociación anterior. La reducción de la jornada implica también la reducción de los salarios.

Esta acción se sustenta con base en la Ley de Apoyo Humanitario, aprobada por la Asamblea Nacional y da paso a la reducción de jornada que afecta y plantea un retroceso a los derechos laborales.