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CNE confirma derrota aplastante del “Sí” en la Consulta Popular

Quito, 2 Mar (La Calle).- El Consejo Nacional Electoral (CNE) proclamó los resultados finales del referéndum promovido por el gobierno de Guillermo Lasso. Los datos revelados por la entidad indican que la opción del “No” se impuso en la ocho preguntadas planteadas en la consulta popular con más del 50% de votación. Dicha información se hizo pública este jueves.

La entidad aprobó los resultados definitivos de la votación del referéndum, elección de autoridades seccionales y del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS). Asimismo, remitió la resolución al Registro Oficial para su publicación (en los próximos siete días), tal como dicta Código de la Democracia.

El dictamen final del CNE es que aprueba el examen de las actas levantadas por las 24 juntas provinciales electorales y por la junta especial del exterior. En consecuencia, “se proclaman los resultados definitivos del proceso electoral de referéndum 2023, efectuado el día domingo 5 de febrero de 2023 y que se anexan a la presente resolución como documento habilitante”.

El documento final fue aceptado con cinco votos a favor de los consejeros: Diana Atamaint, Enrique Pita, Elena Nájera, Esthela Acero y José Cabrera.

Los resultados finales del CNE

Según la información procesada por el Sistema Informático de Escrutinio y Resultados (SIER) del CNE, los resultados del escrutinio son:

  • Pregunta 1. Sí: 3′930.186 (48,46%); No: 4′ 180.555 (51,54%)
  • Pregunta 2. Sí: 3′433.089 (43,29%); No: 4′497.565 (56,71%)
  • Pregunta 3. Sí: 3′ 722.695 (46,93%); No: 4′209.161 (53,07%)
  • Pregunta 4. Sí: 3′ 595.753 (45,45%); No: 4′315.829 (54,55%)
  • Pregunta 5. Sí: 3′ 381.729 (42,37%); No: 4′ 600.312 (57,63%)
  • Pregunta 6. Sí: 3′321. 974 (42,13%); No: 4′ 563.193 (57,87%)
  • Pregunta 7. Sí: 3′ 501.821 (44,59%); No: 4′ 352.017 (55,41%)
  • Pregunta 8. Sí: 3′ 438.661 (44,04%); No: 4′ 368.848 (55,96%)

Ahora, tanto el CNE y el Tribunal Contencioso Electoral, al no registrar recursos pendientes de trámite (sea en sede administrativa como judicial electoral) procederá a enviar la resolución al Registro Oficial para su publicación final.

JR