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Basada en el informe de Villavicencio, Fiscal Diana Salazar inicia investigación previa por caso Sucre

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Quito, 29 de dic (La Calle).- La Fiscalía General del Estado (FGE) notificó el pasado 22 de diciembre el inicio de investigación previa por el presunto delito de peculado en el caso Sistema Sucre. La titular de la entidad, Diana Salazar, comenzará la etapa pre-procesal basada en el informe presentado por la Comisión de Fiscalización y Control Político de la Asamblea Nacional.

¿Qué es el caso Sucre?

El caso del Sistema Unitario de Compensación Regional (Sucre) data del 2016. En ese año, la Contraloría General del Estado (CGE) remitió un Informe de Responsabilidad Penal (IRP) sobre exportaciones “ficticias” a través del Sistema Sucre, entre enero de 2011 y finales de junio de 2013. Las exportaciones se habrían realizado por diferentes empresas desde Ecuador a Venezuela.

No obstante, de este informe no se tenía conocimiento hasta que el pasado 15 de diciembre, el contralor Carlos Riofrío lo reveló al presidente de la Comisión de Fiscalización de la Asamblea Nacional, Fernando Villavicencio.

El mencionado IRP exhortaba a la Fiscalía investigar a 31 exfuncionarios en el Gobierno del expresidente Rafael Correa. Las entidades a investigar eran el Banco Central del Ecuador (BCE) y dependencias directas e intermedias del Servicio de Aduanas del Ecuador (Senae) y la Dirección del Servicio de Rentas Internas (SRI).

El informe de Fiscalización

El informe de la Comisión de Fiscalización de Villavicencio sobre el que se basará la investigación señala un presunto financiamiento de la campaña del expresidente Rafael Correa, con fondos de dichas exportaciones ficticias. También se sostiene un presunto uso irregular a la Reserva Internacional de Libre Disponibilidad (RILD) para anticipar pagos a exportadores ecuatorianos que habrían realizado las exportaciones ficticias.

La Fiscalía decidió iniciar con el proceso de indagación previa por peculado, es decir, malversación de fondos. La causa, indica el comunicado, se sustenta en el artículo 257 del Código Orgánico Integral Penal.