Quito, 30 abr (La Calle).- El Ministerio del Interior informa sobre las actividades que están absueltas de la restricción por el estado de excepción declarado en tres provincias del país.
La mañana de este sábado, el Ministerio del Interior dio a conocer sobre las actividades que están eximidas de la restricción de movilidad dispuesto por el presidente Lasso, en virtud del numeral 10 del artículo 8 del Decreto Ejecutivo 411.
Entre las actividades eximidas están:
1. Producción, comercialización y provisión de alimentos y bebidas.
2. Transporte y logística de materias primas, como medicinas, insumos médicos y sanitarios, incluidos su transporte y comercialización.
3. Sectores estratégicos de conformidad cono definido en la Constitución.
4. Prestación de servicios básicos como agua potable, electricidad, recolección de basura, entre otros.
Así también, el comunicado informa a la ciudadanía que aquellas personas que brinden servicios en los sectores ya mencionados, al igual que los trabajadores de empresas, deberán portar sus documentos habilitantes que les identifiquen.
El estado de excepción empezó a regir en las provincias de Esmeraldas, Manabí y Guayas, desde este viernes 29 de abril y durará 60 días.
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