Quito, 23 mar (La Calle).- La demanda por más de USD 2 mil millones hecha por los hermanos Isaías al Estado ecuatoriano sería improcedente por ser un caso prescrito, según explica el jurista Pedro Granja.
Granja explica que estos perjuicios causados por acción u omisión de funcionarios del Estado, debe ser tratado en un tribunal contencioso administrativo y no en la Corte Nacional (CN), como fue el caso. Además de que la demanda debía presentarse en un plazo de 90 días, lo cual no ocurrió.
El Código Orgánico General de Procesos indica este plazo para la demanda, misma que fue presentada en diciembre de 2021. Sin embargo, la declaratoria de lesividad otorgada por la ONU a los hermanos Isaías, fue en marzo de 2016.
Este recurso resolvía que los hermanos habrían sido perjudicados por el Estado ecuatoriano al incautar sus bienes. A esto se sumó su prohibición del derecho a la defensa durante el gobierno de Rafael Correa. En mayo de 2021, un tribunal CN restituyó el estado constitucional de inocencia de Roberto Isaías Dassum y William Isaías Dassum al no probar el delito de peculado que cometieron en el Feriado Bancario.
De árbitro de la CIADI a procurador judicial de los hermanos Isaías
«Más de 5 años después de la declaratoria de lesividad. Si tenían tiempo de 90 días para presentar la demanda, esta ya está prescrita. Ningún tribunal contencioso administrativo (…) debería aceptarles, ni siquiera darles trámite a su demanda. Está prescrita», expresó.
Debido a que superaron el plazo de presentar esta demanda de ‘reparación’ de los hermanos Isaías, sería improcedente. Es decir, los hermanos Isaías no podrían continuar el proceso porque habría prescrito de acuerdo al abogado Granja.