Quito, 03 ene (La Calle). – El país tendrá 10 momentos de descanso en el 2022, de acuerdo con las fechas que se consideran feriados en el país.
Los días de asueto se mueven según indica la Ley Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y al Código de Trabajo.
“Cuando los días feriados de descanso obligatorio a nivel nacional o local establecidos en esta Ley, correspondan a los días sábados o domingos, el descanso se trasladará, respectivamente, al anterior día viernes o al posterior día lunes”, dice la Ley. Esto sucedió en el feriado de Año Nuevo que se trasladó al 31 de diciembre de 2021.
Sucederá también para el descanso del Día del Trabajo (2 de mayo), la Independencia de Guayaquil (10 de octubre) y Navidad (26 de diciembre).
Otras reglas
En el caso de que los días descanso obligatorio correspondan al día martes, el descanso se trasladará al día lunes inmediato anterior. Si coinciden con los días miércoles o jueves el descanso se pasará al día viernes de la misma semana.
En ese rubro entran los feriados de la Batalla de Pichincha (23 de mayo), el Primer Grito de Independencia (12 de agosto) y el feriado de Difuntos y la Independencia de Cuenca (del 3 al 6 de noviembre).