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Ley de Violencia Digital pondría en riesgo investigaciones penales y periodísticas

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Quito, 8 de may (La Calle).- Organizaciones de la sociedad criticaron la aprobación de la Ley de Violencia Digital por parte de la Asamblea Nacional el pasado 6 de mayo de 2021. El rechazo se debió a que el estatuto restringe y vulnera derechos y libertades fundamentales en el ámbito digital.

El proyecto de Ley, apoyado por 107 legisladores, fue presentado para proteger a las víctimas de violencia sexual digital y ciberacoso.

No obstante, la ambigüedad en las figuras reformatorias modificadas en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) restringe la libertad de expresión y obstaculizarían la lucha contra el crimen.

La reforma del artículo 178 del COIP resalta la mayor polémica al señalar que “la persona que sin contar con el consentimiento o la autorización legal, acceda, intercepte, examine, grabe, revele, difunda, publique, o dé algún tratamiento indebido o no autorizado a contenidos de terceros, datos personales, mensajes de datos, voz, audios o video, objetos postales, información contenida en soportes informáticos, contenidos digitales o comunicaciones privadas o reservadas, por cualquier medio o por intermedio de cualquiera de las tecnologías de la información y comunicación, será sancionada con pena privativa de la libertad de uno a tres años”.

La decisión del legislativo no tardó en generar respuestas por parte de entidades y organizaciones de la sociedad e internacional.

La Fiscalía General del Estado (FGE) expresó su preocupación debido a que “la reforma causa un efecto negativo en las investigaciones penales que dirige la FGE, tomando en cuenta que muchas de las evidencias importantes contra la corrupción se obtienen mediante esta clase de excepciones (…) esta ley elevaría el índice de impunidad, pues dichas actuaciones se considerarían ilegales y no podrían ser utilizadas como prueba en los juicios penales”, señaló la entidad en un comunicado en su Twitter.

La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) señaló que  “la norma criminaliza en forma agravada y desproporcionada algunas expresiones o acciones en el ámbito digital que están contempladas en los códigos Civil y Penal”.

El presidente de la SIP, Jorge Canahuati, dijo que “preocupa que el nuevo estatuto pueda afectar a periodistas que, en el ejercicio de su trabajo, tienen que revelar información”.

Canahuati, CEO de Grupo Opsa, de Honduras, añadió que “la generalidad de la ley permite que los periodistas puedan ser demandados por incurrir en el delito de violación de la intimidad, sin establecerse diferencias respecto de asuntos de interés público”.

De igual forma, Estudio de Medios (Fundamedios) rechazó la aprobación de la normativa ya que “representa una vulneración extrema a los derechos y a las garantías constitucionales; además incluye contenido relacionado con el manejo e incautación de contenido digital que como se señaló anteriormente no responde a la finalidad del proyecto”. La  también encontró restricciones a los derechos y libertades en los artículos 18,497 y 499.

Fiscalía informó que remitirá un informe técnico a Presidencia, mientras que las organizaciones esperan que el presidente Lenín Moreno reconsidere los contras de la Ley y la vete antes de finalizar su mandato.