Quito, 20 ene (La Calle).- Según información del Consejo Nacional Electoral (CNE), aún no se han registrado encuestadoras para el proceso de Exit Poll. El reglamento establecido para este nuevo proceso electoral contempla nuevos requisitos.
Entre las disposiciones relevantes de los requisitos establecidos a las encuestadoras destaca el artículo 16, que regula la difusión de resultados, permitiendo su publicación únicamente a partir de las 17h00 del día de las elecciones.
Estos resultados deben ser identificados como “no oficiales” y cumplir con especificaciones como el margen de error estadístico del ±3%, tamaño de muestra, metodología, y la información sobre los financistas de la encuesta. Además, se prohíbe su publicación durante el periodo de silencio electoral, 48 horas antes de los comicios.
Para personas jurídicas:
- Completar el formulario disponible en el portal del CNE.
- Presentar documentos habilitantes, entre ellos:
- Escritura de constitución inscrita en el Registro Mercantil.
- Registro del representante legal.
- Declaración del impuesto a la renta del año previo.
- Justificación de financiamiento.
- Listado de profesionales con experiencia mínima de tres años en áreas relacionadas, respaldada por certificaciones académicas y laborales.
- Documentos metodológicos, que incluyen la metodología de trabajo, análisis de factibilidad y formatos de papeletas no oficiales.
Para personas naturales:
- Completar el formulario disponible en línea.
- Adjuntar:
- Cédula de identidad o pasaporte (para extranjeros).
- Certificado de apoliticismo.
- Declaración de impuesto a la renta.
- Hoja de vida que acredite experiencia de al menos dos años en áreas relacionadas.
- Detalles metodológicos y listado de profesionales, en caso de ser necesario.
Documentación metodológica:
El reglamento exige que los postulantes, tanto naturales como jurídicos, presenten un detallado análisis metodológico que incluya:
- Tipo y tamaño de muestra.
- Ámbito geográfico.
- Instrumentos técnicos utilizados.
- Formato de papeletas no oficiales, con características específicas como logos visibles, frases indicativas y colores diferentes a las papeletas oficiales.
El incumplimiento de cualquiera de estas disposiciones será sancionado por el Tribunal Contencioso Electoral, previo informe técnico de la Dirección Nacional de Estadística. El CNE enfatizó que los medios de comunicación también deben abstenerse de publicar resultados antes del horario permitido, bajo responsabilidad legal.