Yunda en la cuerda floja: Comisión aprueba remoción y la Corte lo llama a juicio

Quito, 30 abr (La Calle).- Con cuatro votos afirmativos, la Comisión de Mesa aprobó el pedido de remoción del alcalde de Quito, Jorge Yunda.

Ahora la decisión recae en el Consejo Metropolitano de Quito y, de aprobarse la remoción por parte de los Concejales de la capital, el Tribunal Contencioso Electoral (TCE), deberá dictar la resolución. En un plazo de diez días, se prevé la sesión extraordinaria del Concejo de Quito.

«Conforme lo exigido en la Constitución, el COOTAD, y demás normas del ordenamiento jurídico ecuatoriano, que garantizan el debido proceso, ante la clara y completa la denuncia presentada por el doctor Carlos Marcelo Hallo Alvear, representante y vocero de la Plataforma cívica Quito Unido, en contra del doctor Jorge Homero Yunda Machado, (…) admite al trámite de procedimiento de remoción establecido en el Capítulo V Remoción de autoridades de elección popular de los gobiernos autónomos descentralizados», explica el informe de la Comisión de Mesa.

¿Qué dice el COOTAD?

El artículo 335 determina:
Art. 335.- Denuncia en contra del ejecutivo del gobierno autónomo descentralizado.- Si la denuncia es en contra del ejecutivo del gobierno autónomo descentralizado, ésta se la presentará ante su subrogante, quien únicamente para este efecto convocará a sesión del órgano legislativo y de
fiscalización del gobierno respectivo. Se cumplirá con el procedimiento de remoción previsto en este capítulo, garantizando el debido proceso y el ejercicio de defensa del denunciado, en el marco de los derechos de protección constitucionales.

El artículo 336, en sus párrafo 3 y 4 expone: Concluido el término de prueba, previo informe de la comisión de mesa, el ejecutivo o quien lo reemplace, convocará a sesión del órgano legislativo correspondiente, que se realizará dentro de los cinco días siguientes. En la sesión se dará la oportunidad para que los interesados, que obligatoriamente deberán estar presentes, expongan sus argumentos de cargo y descargo, en ese orden, por sí, o por intermedio de apoderado. Concluida la argumentación, en la misma sesión, el órgano legislativo y de fiscalización del gobierno autónomo descentralizado adoptará la resolución que corresponda. La remoción se resolverá con el voto conforme de las dos terceras partes de sus
integrantes. La autoridad que sea objeto de la acusación se excusará de participar en su calidad de dignatario.

De la resolución adoptada por el órgano normativo, según el caso, el interesado podrá interponer acción correspondiente ante los organismos jurisdiccionales pertinentes.

Investigación en Fiscalía

La madrugada de este viernes, el presidente de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha llamó a juicio a Yunda y otros 13 procesados. Ellos enfrentan una denuncia por presunto delito de peculado en la compra de pruebas PCR.

El Juez que sustancia el proceso negó requerimiento de Fiscalía de prisión preventiva y el alcalde se defenderá en libertad.

El alcalde reaccionó ante el pedido de juicio:

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