Victimas de violación podrán acceder al aborto sin autorización de sus padres o terceros

Quito, 6 jul (La Calle).– La Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo en casos de violación fue modificada por la Corte Constitucional. Ahora las niñas y adolescentes que hayan quedado embarazadas producto de una violación pueden acceder al aborto sin autorización de la familia o terceros.

Entre los artículos que la Corte Constitucional suspendió su vigencia constan:

Art. 5 literal g: Establece que se deben cumplir el principio de autonomía que rige en los procesos de aborto en casos de violación. Exige el respeto a la autodeterminación de las personas de acuerdo a su madurez y capacidad de consentir.

Art. 12 numeral 6: establece las garantías que debe dar el estado ecuatoriano para acceder al aborto en los casos que establece la ley. Una consideración fundamental será que las niñas y adolescentes sean escuchadas y tengan capacidad de manifestar su opinión en todo momento

22 numeral 6: que incluye las reglas del consentimiento informado para acceder a un aborto consentido en caso de violación. Las niñas y adolescentes podrán someterse a la práctica del aborto consentido en casos de violación previo a la autorización de los representantes legales  (…) trabajadora social, médico tratante o representante.

Proceso

La Ley de Interrupción Voluntaria del embarazo en casos de violación entró en vigor el pasado 22 de abril tras el veto parcial del Guillermo Lasso. Tras presentarse una demanda de inconstitucionalidad en contra de esos tres artículos, el 3 de junio entró a la Corte para ser analizada.

Según la demanda interpuesta por un grupo de madres de familia, el artículo 22 “impide actualmente que las niñas y adolescentes que no cuenten con autorización de su representante legal puedan interrumpir voluntariamente el embarazo no deseado producto de la violación”. Por otro lado, también se vulneraba el principio de autonomía.

Según el portal Surkuna, es una buena noticia para las niñas y adolescentes sobredientes a casos de violación. Al eliminar el consentimiento de los padres o terceros, se prioriza las decisiones personales de la víctima.

De acuerdo con la resolución de la corte esta suspensión se decidió antes la “inminente vulneración dal derecho de las integridad y autonomía de las sobrevivientes por violación”.

Según el portal de la Corte Constitucional el fallo se notificó el 30 de junio.

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