Quito, 3 dic (La Calle).- Los trabajadores en relación de dependencia, del sector privado o público esperan el pago del décimo tercero o bono navideño por parte de sus contratantes.
Según el artículo 111 del Código de Trabajo, “Los trabajadores tienen derecho a que sus empleadores les paguen, hasta el 24 de diciembre de cada año, una remuneración equivalente a la doceava parte de las remuneraciones que hubieren percibido durante el año calendario”.
Eso sí el trabajador o trabajadora ha pedido por escrito recibirlo de forma acumulada hasta esa fecha. Para realizar el cálculo se considera desde el 1 de diciembre del año pasado hasta el 30 de noviembre del año actual.
A partir de la reforma laboral en junio del 2015, los trabajadores tienen derecho a que sus empleadores paguen mensualmente el décimo, pero de manera proporcional.
MM