Quito, 11 abr (La Calle). – La Superintendencia de Bancos señaló que la normativa legal vigente es insuficiente para ejecutar las acciones de inteligencia, investigación criminal e intervenciones en el campo. Esto en respuesta al Decreto Ejecutivo N° 395, que dispone que la Superintendencia debe vigilar a entidades financieras no autorizadas.
Asimismo, la institución señaló que su personal es «limitado» para controlar un cuantioso número de entidades financieras. «Al momento posee 200 funcionarios que se limitan a controlar a más de 600 entidades», dice un comunicado emitido por la Superintendencia.
La institución también enfatizó en que la captación no autorizada de dinero es una actividad delictiva. Por ello, está colaborando con la Fiscalía, la Policía Nacional y la Unidad de Análisis Financiero y Económico sobre estos temas.
El Decreto
El Ejecutivo aprobó el Decreto N° 395, el pasado 5 de abril. En el decreto se aclaran las tareas de la Superintendencia de Bancos y la Superintendencia de Economía popular y solidaria.
Dentro de las tareas, se encuentran el vigilar a entidades no autorizadas, mediante la aplicación de los artículos 62, 254, 275 y 276 del Código Orgánico Monetario y Financiero; reglamento que dispone que las superintendencias deben supervisar a las entidades autorizadas y a las no autorizadas.
El documento también establece que las superintendencias deben mejorar su coordinación para el control de estas entidades.
Además, las superintendencias deben determinar las personas naturales o jurídicas que realicen actividades en entidades no autorizadas; realizar inspecciones y, cuando el caso lo amerite, deberán coordinar con la Unidad de Análisis Financiero del Ecuador, con la Policía Nacional y la Fiscalía, en caso de que requieran protección o apoyo para actividades de inspección.
Este decreto fue emitido luego de que se conociera la aparición de varias entidades irregulares de captación ilícita de dinero y estafas a ciudadanos.