Quito 20 feb (La Calle).- La Corte Constitucional ordenó que 1.800 trabajadores de CNEL EP reintegren un total de USD 105 millones en un plazo de tres años.
Este jueves 20 de febrero, los trabajadores de la Corporación Nacional de Electricidad (CNEL) calificaron la decisión de la Corte Constitucional (CC) como un “desprecio a la clase trabajadora y a sus derechos laborales adquiridos legalmente” durante una rueda de prensa en Quito.
La Corte emitió una sentencia sobre el salario de los trabajadores de la CNEL. El fallo fue dictado el viernes 14 de febrero por la jueza Karla Andrade.
La sentencia
En 2021, Richard Gómez, dirigente sindical de la CUT y actual vocal de los afiliados en el IESS, junto con Lizette Pinos, actuaron como apoderados judiciales de más de 1 500 servidores públicos de carrera de CNEL y presentaron una acción de protección.
El objetivo de la acción de protección era demostrar la vulneración de los derechos a la igualdad, la no discriminación y la seguridad jurídica de los trabajadores de carrera de CNEL.
Un juez en Los Ríos aceptó el recurso y ordenó a CNEL notificar a todos los peticionarios que pasarían a recibir los beneficios del contrato colectivo firmado con el Comité de Empresa de los Trabajadores. Además, dispuso la liquidación y el pago de todos los beneficios derivados de la contratación colectiva para los involucrados.
Luego de un prolongado proceso legal en distintas instancias y tras dos fallos judiciales en contra, el viernes 14 de febrero, la jueza de la Corte Constitucional, Karla Andrade, emitió una sentencia favorable a CNEL.
¿Qué implica el dictamen?
Este dispone que CNEL recupere la totalidad de los montos pagados a los beneficiarios de las sentencias que quedaron sin efecto.
La resolución establece que CNEL deberá implementar de inmediato todas las medidas administrativas y/o judiciales disponibles.
De igual forma, se permite que cada beneficiario acuerde un plan de devolución mensual de los montos correspondientes. A través de sus roles de pago, con un plazo máximo de 36 meses, se podrán descontar estos montos.
La jueza constitucional indicó que 1.795 servidores de CNEL fueron trasladados al régimen del Código de Trabajo, lo que, según señaló, “acarrea implicaciones económicas y jurídicas incuantificables” para la institución.
Además, afirmó que “las medidas de reparación ordenadas en las sentencias impugnadas y el auto mencionado afectaron y perjudicaron gravemente a la entidad accionante y al Estado”.
En su dictamen, la Corte Constitucional ordenó al Consejo de la Judicatura evaluar la actuación de los jueces que intervinieron previamente en el caso, mientras que a la Contraloría le encargó realizar un examen especial para determinar posibles responsabilidades.
Declaraciones de Richard Gómez
El secretario general del Comité de Empresas de la Corporación Nacional de Electricidad (CNEL), Richard Gómez, afirmó este 20 de febrero en Quito que el fallo de la Corte Constitucional sobre el contrato colectivo de los trabajadores de CNEL EP es inejecutable.
Según Gómez, aplicar la sentencia significaría que muchos trabajadores se queden sin sueldo. Por esta razón, el sindicato de CNEL EP no descarta convocar movilizaciones o incluso llevar a cabo una huelga de hambre como medida de protesta.
En su sentencia 1788-24-EP/25, la Corte Constitucional determinó que las resoluciones judiciales de primera y segunda instancia, relacionadas con un millonario contrato colectivo en CNEL EP, desvirtuaron el propósito de la acción de protección presentada por el sindicato en octubre de 2021.
Dicha acción buscaba que 1.800 trabajadores, regidos por la Ley de Empresas Públicas, fueran transferidos al régimen del Código del Trabajo y, con ello, incluidos en el contrato colectivo. Sin embargo, la Corte concluyó que los jueces que fallaron a favor del sindicato excedieron sus competencias al otorgar derechos que, conforme a la Ley Orgánica de Empresas Públicas, no corresponden a los servidores administrativos.
Además, el dictamen ordena a CNEL EP recuperar más de USD 79 millones de forma inmediata y establece medidas para investigar posibles responsabilidades administrativas y penales en el caso.
Gómez advirtió que la decisión afecta a cerca de 10.000 familias. Esto se debe a la pérdida de beneficios salariales de los 1.800 trabajadores que se incorporaron al contrato colectivo.
«Las decisiones que ha tomado la Corte Constitucional significan claramente un desprecio a la clase trabajadora y a sus derechos laborales conquistados legalmente», recalcó el dirigente sindical.
IF