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Quito: intento de femicidio; extranjero impide el crimen

Quito, 15 abr (La Calle). – Un ciudadano intentó apuñalar a una mujer en el Parque de la Carolina la mañana de este 15 de abril. Un extranjero impidió que el hombre cumpla su propósito. El abogado Felipe Rodríguez filmó la acción.

“Yo no hago esto, pero necesito asegurarme de que Fiscalía, tan deficiente en género, reaccione. Yo filmé y yo seré testigo. Joel es el hondureño héroe que la salva. Todo hoy 10h00 en el Parque La Carolina. La apuñaló por celos y luego intento suicidarse”, escribió en un tuit el jurista.

En el video se puede observar cómo una mujer pide auxilio ya que, a unos pocos metros, un hombre armado con un cuchillo buscaba hacerle daño. Los transeúntes pidieron al ciudadano que se alejara de la mujer y soltara el cuchillo. Finalmente se acercó y apuñala a la ciudadana, quería suicidarse, pero el extranjero le quitó el cuchillo visiblemente ensangrentado.

Tentativa de femicidio

Este posible crimen puede llegar a tener hasta 13 años de prisión (proporcional al máximo de la penal) y está sustentando en los artículos 141 y 142 del Código Integral Penal (COIP).

Artículo 141.- Femicidio. – La persona que, como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, dé muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género, será sancionada con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años.

Artículo 142.- Circunstancias agravantes del femicidio. – Cuando concurran una o más de las siguientes circunstancias se impondrá el máximo de la pena prevista en el artículo anterior:

1. Haber pretendido establecer o restablecer una relación de pareja o de intimidad con la víctima.

2. Exista o haya existido entre el sujeto activo y la víctima relaciones familiares, conyugales, convivencia, intimidad, noviazgo, amistad, compañerismo, laborales, escolares o cualquier otra que implique confianza, subordinación o superioridad.

3. Si el delito se comete en presencia de hijas, hijos o cualquier otro familiar de la víctima.

4. El cuerpo de la víctima sea expuesto o arrojado en un lugar público. MIB