Quito, 25 mar (La Calle).- Un grupo de representantes de Organizaciones Sociales del Ecuador (OSE) solicitaron la apertura a una Asamblea Constituyente a la Corte Constitucional. Previamente, anunciaron su respaldo a la candidatura del presidente Daniel Noboa en segunda vuelta electoral.
Washington Olmedo Sigcha, presidente nacional de OSE, criticó la Constitución del 2008 calificando el entorno de su estructuración de “comunista”. La propuesta de una nueva constituyente nace del anuncio del presidente Daniel Noboa, quien, en caso de ganar la segunda vuelta electoral, buscaría que el proceso se lleve a cabo en Riobamba, ciudad en la que se realizó la primera Carta Magna de 1830.
La búsqueda del cambio de Constitución según el presidente es afrontar la crisis de inseguridad. “Hoy en día, un criminal tiene más derechos que las personas que hacen las cosas bien”, dijo en Radio Candela.
¿Cuál es el proceso para realizar una Asamblea Constituyente?
El marco constitucional establece que la Corte Constitucional es la entidad que dictaminaría si es viable el establecimiento de una nueva nueva normativa o serían suficientes las reformas fragmentarias.
La abogada Verónica Hernández explicó que el proceso exige cumplir requisitos legales y superar el escrutinio de la Corte Constitucional (CC). Este mecanismo, contemplado en la Constitución, busca responder a necesidades profundas de cambio social, político o económico, pero debe garantizar que no se vulneren los principios democráticos. El proponente debe presentar la siguiente documentación:
- Justificación legal y social: Un escrito de justificación que explique con claridad por qué es necesaria una nueva Constitución. Este debe incluir razones de fondo (sociales, económicas, políticas o jurídicas) y argumentar por qué otros mecanismos, como una enmienda o reforma parcial, no son suficientes.
- La propuesta de consulta popular
- Los considerandos: Textos explicativos que informen a la ciudadanía sobre la necesidad o conveniencia de convocar la Asamblea. Deben ser claros, objetivos y libres de sesgos, para que el elector vote con libertad y conciencia.
- La pregunta: Debe ser simple y directa. La CC verificará que no haya ambigüedades o manipulación en su redacción.
- El estatuto de la Asamblea
- Un reglamento que detalle cómo se elegirán a los asambleístas y un reglamento para el proceso
Si la Corte avala los documentos, el Consejo Nacional Electoral (CNE) organiza la consulta popular. Si la ciudadanía vota “Sí”, se convocan elecciones para elegir a los asambleístas. Una vez redactada la nueva Constitución, esta debe someterse a un referéndum para su aprobación definitiva.