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No hay acuerdo para designar al último integrante del Comité de Ética en la Asamblea Nacional

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Quito, 29 nov (La Calle).- La Asamblea Nacional sesionó la mañana del 29 de noviembre para designar a los integrantes del Comité de Ética. Sin embargo, no lograron concretar la última designación, pues el postulado no alcanzó los votos necesarios.

El asambleísta Adrián Castro mocionó a Jhajaira Urresta, Lucía Jaramillo, Nicole Saca, Pedro Velasco y Sandra Rueda para que conformen la Mesa Legislativa.

La parlamentaria Jhajaira Urresta, por la Revolución Ciudadana (RC), que obtuvo 103 votos a favor, 15 en contra y 12 abstenciones, se convierte en la primera integrante del Comité.

Lucía Jaramillo del Partido Social Cristiano (PSC) y aliados se consagra como la segunda integrante con 119 votos afirmativos. El tercer integrante es la legisladora Nicole Saca de Acción Democrática Nacional (ADN) con 124 votos a favor, 0 negativos y 6 abstenciones.

Pedro Velasco, llegó a la Asamblea Nacional por el partido Actuemos; sin embargo, ahora se considera independiente. Es el cuarto integrante del Comité con 122 afirmativos.

Finalmente, Paúl Buestán, representante del movimiento Construye, fue nominado como el cuarto integrante. No obstante, el legislador solo alcanzó 34 votos afirmativos, 48 en contra y 46 abstenciones, por lo que revisaron si existía otra nominación. Al no existir, el presidente de la Asamblea Nacional, Henry Kronfle, suspendió la sesión y la reanudará el jueves 30 de noviembre de 2023 a las 9:00 am.

Esta última moción se hizo en reemplazo de Sandra Rueda para cumplir con la paridad de género que exige la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL).

Prohibiciones de los asambleístas

Tanto el artículo 127 de la Constitución como el 163 de la LOFL detallan las prohibiciones que tienen los legisladores. Entre ellas:

  • No desempeñar otra función pública o privada ni dedicarse a sus actividades profesionales si son compatibles con su cargo;
  • Ofrecer, tramitar o administrar recursos del Presupuesto General del Estado, salvo los
  • destinados al funcionamiento administrativo de la Asamblea Nacional;
  • Gestionar nombramientos de cargos públicos;
  • Percibir dietas u otros ingresos de fondos públicos que no sean los correspondientes a su función de asambleístas;
  • Aceptar nombramientos, delegaciones, comisiones o representaciones remuneradas de otras funciones del Estado; y,
  • Celebrar contratos con entidades del sector público.
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¿De qué se encarga el Comité?

El Comité tendrá la función de conocer los hechos denunciados que incurran en las infracciones señaladas en el artículo 127 de la Constitución y 163 de la LOFL. Las atribuciones que tienen son:

  • Iniciar, previa denuncia y de conformidad con la Ley, el proceso de investigación en contra de cualquier asambleísta que haya incurrido en infracciones detalladas.
  • Emitir un informe motivado, que enviarán a la Asamblea Nacional.
  • Proponer o pronunciarse respecto a iniciativas que fomenten la ética y transparencia.