No a los pagos adelantados de pensiones para el próximo periodo lectivo

Quito, 18 agos (La Calle).- Padres de familia y docentes se debaten entre la desinformación y el desconcierto sobre los costos y la manera en que se implementará el periodo académico 2020-2021.

Alex Izquierdo Bucheli, experto en leyes, recalcó que ninguna institución privada “puede pedir adelantos de pensiones, ni ninguna clase de cuotas. Si es que esto llegase a suceder, se puede denunciar en la página web del Ministerio de Educación, para que la Secretaria de Apoyo, Seguimiento y Regulación de la Educación verifique el caso. Para Gabriela Chicaiza y Ximena Cuenca, madres de familia, la situación es compleja, pues como explican, no se ha tomado importancia a las personas que no cuentan con herramientas para el teletrabajo.

Calendarios listos

El Ministerio de Educación aprobó el calendario, del presente año lectivo, tanto para la Sierra como para la Amazonia. Consta de dos quimestres, el primero iniciará el 1 de septiembre y terminará el 29 de enero (tras 10 días de feriado por Navidad y Año Nuevo), el segundo, en cambio, será del 5 de febrero hasta el 30 de junio (luego de cinco días de vacaciones).

Las instituciones fiscales se mantendrán con el sistema “Aprendamos juntos en casa”, el cual cuenta con instructivos y material de aprendizaje en la página web del Ministerio de Educación.

No podrán aumentar las pensiones

En cuanto a las instituciones privadas no se podrá exigir la compra de uniformes y se garantizará el mínimo gasto en textos físicos o digitales. Las pensiones y matriculas pueden disminuir, pero no aumentar. Para la educación  en línea, el precio será del 65% de la última mensualidad, mientras que para la  educación en casa la reducción será del 30%. La primera consiste en una serie de plataformas que la institución maneja, incluye, casi siempre, profesores por materia. En la educación en casa, son los representantes los que se encargan de la educación con apoyo de un tutor. Los padres de familia podrían recurrir a un descuento de hasta el 25%, con la debida justificación de perdida de trabajo o disminución salarial.

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