Ministerio de Salud no emitirá certificados para el permiso de porte de armas

Quito, 20 abr (La Calle).- El ministro de Salud, José Ruales, informó que la cartera de Estado validará los certificados psicológicos y toxicológicos para los permisos del porte de armas, sin embargo, no los emitirá.

El 1 de abril el presidente de la República, Guillermo Lasso, decretó la autorización del porte de armas para defensa civil. Entre los requisitos para sacar el permiso de tenencia se encuentra un certificado de una prueba psicológica y toxicología emitido por el Ministerio de Salud Pública (MSP).

¿Cómo será el trámite?

En este sentido, Ruales señaló que existirán laboratorios calificados tanto por la entidad ministerial como por Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada (Acess), para que emitan certificados relacionados con las adicciones, consumos de alcohol y otras drogas.

Además, manifestó que habrán especialistas con cuarto nivel en psicología forense para que emitan informes sobre las condiciones psicológicas de los ciudadanos que deseen hacer el respectivo trámite.

“De acuerdo con el decreto es lo que como Ministerio de Salud nos compete, certificar, no emitir los informes, sino certificarlos”, dijo en un conversatorio.

Requisitos para portar armas

Los permisos para porte o tenencia de armas de fuego para personas
naturales y jurídicas tendrán una validez de dos y cinco años respectivamente, y para su renovación, y deberán cumplir con lo dispuesto en el presente reglamento y lo dispuesto en el Acuerdo Ministerial que el Ministro de Defensa emita para el efecto.

Las personas naturales podrán tener y portar el arma de uso civil para defensa personal si cumplen con los siguientes requisitos:

  • Cumplir al menos 25 años;
  • Certificado de prueba psicológica avalado por el MSP;
  • Certificado de destreza en el manejo y uso del arma emitido por el Ministerio de Defensa Nacional;
  • No haber sido sentenciado con sentencia ejecutoriada condenatoria por la comisión de un delito;
  • No registrar antecedentes de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar;
  • Certificado de superar el examen toxicológico, que determine que la persona no ingiere sustancias sujetas a fiscalización o no es alcohólica, emitido por el MSP;
  • Los demás que establezca el Ministerio de Defensa Nacional y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas para el efecto.

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