Quito, 04 de ene (La Calle).- El Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica expresó su rechazo ante “la promoción y difusión” de cocina con animales silvestres del programa MasterChef Ecuador, transmitido por Teleamazonas.
“Ministerio de Ambiente, precautelando la integridad de la fauna silvestres, rechaza categóricamente la promoción y difusión de contenido gráfico o audiovisual que incite la compra y consumo de especies silvestres o sus elementos constitutivos, como el presentado en un programa de televisión nacional”, señala el comunicado de esta cartera de Estado.
Según las autoridades, el programa televisivo “expone una situación que podría provocar el consumo ilegal de carne silvestre”. Asimismo, refiere que este tipo de actividades son “un peligro para la conservación de las especies y los ecosistemas del país”.
Finalmente, Ambiente exhortó a los medios de comunicación a respetar y proteger la biodiversidad del país y apoyar el fortalecimiento de la política ambiental nacional.
El programa de TV
En la noche del 3 de enero de 2022, los participantes del programa MasterChef Ecuador, transmitido por Teleamazonas, cocinaron carnes de venado, capibara, tollo (una especie de tiburón pequeño) y babilla (especie de cocodrilo pequeño).
En el capítulo, los concursantes fueron retados a preparar un plato “con la mejor manera de cocinarlo”.
Animalistas y ambientalistas se pronunciaron
El Movimiento Animalista Nacional del Ecuador reaccionó ante la utilización de partes de animales silvestres en la producción del reality show. Asimismo, emitieron un comunicado en el que solicitan una explicación de dónde provino la carne de estos animales.
De igual forma, el colectivo contra la pesca ilegal, Pacífico Libre, denunció que el programa “aliente a que se siga masificando el consumo del Tollo (tiburón) y que normalice todolos los delitos ambientales que se suele ocultar detrás. Finalmente, exigen una explicación de lugar en el que se consiguió dicha fauna.
Delito ambiental
El Código Orgánico Integral Penal (COIP), en su artículo 247, sanciona con pena privativa de libertad de uno a tres años los delitos contra la flora y fauna silvestre. Adicionalmente, el artículo 318 del Código Orgánico Ambiental (COA) determina el pago de hasta 200 salarios básicos unificados a este tipo de crímenes.