Lasso resucita la Secretaría de Pueblos y Luis Pachala la dirigirá

Quito, 25 de mayo , La Calle.- 34 decretos en un día. Parece mucho, pero al menos 29 de esos 34 cuerpos legales emitidos en su primer día por el Presidente de la República, Guillermo Lasso tienen que ver con designaciones de autoridades de ministerios y secretarías.

Antes de hablar sobre los cinco restantes, hace falta aclarar que tres asesores del presidente en funciones no cobrarán sueldo, sus funciones serán “ad honorem”.

Ellos son:

-Eduardo Aparicio revisará el cumplimiento del plan de gobierno.

-Carlos Cueva González, en políticas públicas de vacunación.

-Y Luis Enrique Coloma, en el programa de desnutrición infantil.

Como destacó la economista María Elsa Viteri, sería interesante saber quién les pagará el sueldo.

Vuelve la Secretaría de Pueblos

El Decreto 29 crea la Secretaría de Gestión y Desarrollo de Pueblos y Nacionalidades.  Un nombre que recuerda a la Secretaría de Pueblos y Nacionalidades, un organismo creado durante el gobierno de la Revolución Ciudadana y destinado a canalizar la construcción de un Estado Plurinacional. Fueron secretarios de pueblos: Manuela Gallegos, Alexandra Ocles y Edwin Jarrín. Finalmente, este organismo fue fusionado y terminó por desaparecer.

Ahora, el secretario de gestión y desarrollo de pueblos y nacionalidades, será Luis Alberto Pachala, exasambleísta de Creo, exsubsecretario del ministerio de Agricultura, entre otras funciones.

Entre las tareas de Pachala estará el registro de comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades.

Por medios de comunicación, se hizo público el decreto 33, por el cual “todas las instituciones y empresas públicas y privadas que prestan el servicio de referencias crediticias, deben eliminar de sus registros la información histórica de las obligaciones de las personas naturales deudoras, cuya deuda total consolida en el sistema financiera sea menor a mil dólares de los Estados Unidos de las instituciones financieras y de cualquier empresa que ha otorgado créditos a sus clientes.  Las futuras obligaciones crediticias sí aparecerán en los reportes de información crediticia. (art dos), mientras que las instituciones financieras no perderán los derechos de cobro que le asisten a los legítimos acreedores.

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