Quito, 31 ago (La Calle).- A través del Decreto Ejecutivo No. 179, el presidente Guillermo Lasso dispuso reformar los términos en los que se brinda protección y seguridad a los expresidentes y exvicepresidentes del país.
Según el decreto, la protección y seguridad ahora será únicamente dentro del país, por el período de un año o seis meses respectivamente.
Asimismo, se indica que estos plazos se podrán acortar o extender sobre la base del informe de riesgos, que obligatoriamente se elaborará para el efecto.
El pasado 15 de junio, mediante el Decreto Ejecutivo No. 75, se dispuso que la Casa Militar Presidencial no proporcionará seguridad a los familiares del presidente ni vicepresidente.
Tampoco a los cónyuges o familiares de expresidentes y exvicepresidentes, salvo que se justifique la necesidad de hacerlo, mediante un informe de riesgos debidamente motivado.
En su cuenta de Twitter, el mandatario escribió: “Los recursos de los ecuatorianos se respetan. Estamos comprometidos con una administración al servicio de la gente. Se ha reformado la normativa sobre protección y seguridad a expresidentes y exvicepresidentes, aclarando que ésta aplicará únicamente dentro del país”.