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Lasso justifica el veto a la Ley de Aborto por Violación con su posición personal

Quito, 16 mar (La Calle). – Este martes, el presidente Guillermo Lasso vetó parcialmente la Ley que Garantiza el Aborto por Violación. Entre los motivos del veto se incluye su posición personal.

En el documento, el literal 1.2 se titula: “La posición personal del presidente de la República”. Aquí el mandatario argumenta que “defiende la vida desde la concepción hasta la muerte natural, por razones éticas. jurídicas y científicas”.

En el escrito, Lasso dice que el nuevo individuo comienza su existencia desde que opera la transmisión de la información genética entre espermatozoide y óvulo, y este embrión se implanta en el útero. “Es desde ese momento en que, genéticamente, existe un ser humano y no otra entidad. Es desde ese momento en que surge una nueva entidad biológicamente distinta y separada de sus progenitores”, sostiene.

Asimismo, dice que “un nasciturus con viabilidad fetal merece la misma protección jurídica de una persona ya nacida”.

Garantía de derechos

Las organizaciones feministas y de Derechos Humanos rechazan el veto, pues incumple con el mandato de la Corte Constitucional de legislar con base a los más altos estándares de Derechos Humanos.

Explican que limitar los plazos no garantiza, efectivamente, a todas las mujeres y niñas víctimas de violación el acceso a servicios de salud en condiciones de dignidad y seguridad. Establecer plazos condena a la clandestinidad y muerte a las mujeres y niñas más vulnerables

En Colombia, Brasil, Argentina y México el aborto por violación está despenalizado sin plazos y esa es la práctica generalizada cuando el procedimiento se lo hace por violación, el peligro de vida o la salud de la mujer, ya que son condiciones, por si mismas, excepcionales.

La organización feminista Surkuna, señala que el veto presidencial a la Ley de Aborto por Violación es de “horror”, pues no responde a la realidad, deja sin respuesta a las más vulnerables y promueve la tortura de la clandestinidad y maternidad forzada.

La organización también recuerda que durante el 2020, se registraron 1.631 nacidos vivos, hijos de niñas de 10 a 14 años, es decir, producto de violación.

Veto presidencial

Las objeciones del mandatario incluyen 61 textos alternativos. Ahora, el proyecto de Ley retorna a la Asamblea, que deberá decidir en 30 días si se mantiene en el texto original o si acepta la propuesta del Ejecutivo. 

Entre los cambios, se estableció el plazo de 12 semanas como límite para realizar el procedimiento, sin tomar en cuenta si la víctima pertenece al sector urbano o al sector rural. Solo exceptúan a las mujeres con discapacidad mental.

Además, impone requisitos como denuncia, declaración jurada o examen médico legal. Asimismo niñas y adolescentes requieren autorización de representantes legales, olvidando que en la mayoría de ocasiones son, precisamente, los representantes legales, familiares, e incluso los propios padres quienes abusan sexualmente de las menores.

El veto también plantea que las instituciones de salud privadas podrían objetar conciencia institucional.