Lasso consolida la privatización de campos petroleros rentables

Quito, 19 feb (La Calle).- Segùn la Asociación Nacional de Trabajadores de las Empresas de la Energía y el Petróleo (ANTEP), el Reglamento para la Ley de Hidrocarburos, publicado por el Gobierno de Lasso, consolida la privatizaciòn de campos en producción, operados actualmente por Petroecuador, sin beneficio de inventario y sin análisis alguno de la renta petrolera que perderá el Estado en esta transacción.

El pasado 15 de febrero, Lasso publicó el decreto Ejecutivo 342, con el reglamento que normará las modificaciones realizadas a la Ley de Hidrocarburos, que pasaron por el ministerio de la ley, en noviembre de 2021, dentro de la mal llamada Ley de Desarrollo Económico.

La Asociación de Trabajadores de la Energía y el Petróleo, ANTEP, analizó artículo por artículo el reglamento y ubicó los puntos clave con los que se pretende la entrega de Campos petroleros rentables, la refinación y transporte de crudo y derivados a manos privadas: 

  • Artículo 27.- Los informes del Ministerio del Ramo, previo a la delegación a la iniciativa privada, deberán contener por lo menos uno de los siguientes justificativos:
  1. Que se trata de una actividad que requiere tecnologías específicas y personal altamente capacitado, que pueden proporcionar las empresas privadas; 
  2. Que por el monto de la inversión requerida y la priorización de activos, se justifica la necesidad de delegar el ejercicio de la actividad a las empresas privadas;
  3. Que la sostenibilidad de la producción de hidrocarburos demanda inversiones que sobrepasen la capacidad financiera de la empresa pública
  4. Que las actividades de exploración y/o explotación implican altos riesgos geológicos o tecnológicos”.

La ANTEP señala que los justificativos que se proponen para entregar la actividad petrolera a manos privados, son subjetivos, no se apegan a la realidad de la industria hidrocarburífera y mucho menos a la de la empresa más grande e importante del país, como lo es Petroecuador. 

«Esta industria requiere de tecnología de punta, personal calificado y grandes inversiones, si, coincidimos con este argumento utilizado por el Gobierno. Sin embargo, es importante mencionar que Petroecuador cuenta con personal altamente calificado y cotizado en toda la región; tiene acceso a la mejor tecnología que se dispone a nivel mundial a través de contratos de prestación de servicios suscritos para todos sus campos», señala la asociación.

Asimismo, explica que según las cifras del propio Banco Central del Ecuador, durante el 2021, las exportaciones petroleras dejaron un total de USD 8.607 millones para el Ecuador, por lo que se cuenta con los recursos suficientes para desarrollar la producción hidrocarburífera del país, a través de la empresa nacional que cuenta con los costos de producción más bajos del Ecuador (USD 16,70 / barril). 

«En los Campos petroleros que están actualmente en producción, el Estado ya asumió el riesgo de inversión, con lo que, al entregarlos a manos privadas, el Gobierno comparte a la renta petrolera que producen», dice. 

Otros artículos

  • El Artículo 81 del reglamento hace referencia al abastecimiento de las refinerías e indica que el Ministerio de Energía podrá exigir a los contratistas o asociados, el suministro de un porcentaje de crudo a precio referencial. En este sentido, al entregar campos en producción a manos privadas, bajo contratos de participación, el Estado no contará con el crudo necesario para abastecer de manera normal a las refinerías estatales y para cubrir la demanda nacional de combustibles, por lo que necesitará comprar el crudo a precio internacional y no al de producción de Petroecuador que, en el 2021, se ubicó en USD 16,70 por barril.
  • Los Artículos 89 y 90, permite a los consorcios no solo la migración de contratos de prestación de servicios a participación, sino que también posibilita ampliar los plazos de ejecución, lo que prolonga la perdida de renta petrolera total para el Estado. 
  • Los artículos 111 y 114, en su segundo literal respectivamente, permiten que el Ministerio de Energía delegue a empresas privadas de carácter nacional o extranjero, el transporte y refinación de hidrocarburos. Como sabemos, este tan solo es otro modelo para la privatización de todo el sistema de oleoductos, poliductos, gasoductos y complejos refinadores con los que cuenta el país. Es necesario mencionar que la Constitución en su Artículo 316 determina que el Estado podrá, de forma excepcional, delegar a la iniciativa privada y a la economía popular y solidaria, el ejercicio de estas actividades, en los casos que establezca la ley.  El Reglamento suscrito por Lasso, pasa por alto esta excepcionalidad, lo cual va en contra de la Carta Magna. 
  • Finalmente, la disposición sexta del reglamento obliga a Petroecuador elaborar un listado de Campos petroleros en producción, que podrán ser entregados a la iniciativa privada, campos operativos, que aportan a la renta petrolera de la que se nutre en gran parte el presupuesto del Estado y que con su producción también contribuyen para el pago de compromisos adquiridos en el pasado y que deben ser cancelados con crudo.

Los trabajadores de la energía exigen a la Asamblea Nacional la derogatoria de la Ley de Desarrollo Económico y, con ello, la insubsistencia de este reglamento que, segùn advierten, «no es otra cosa que la entrega a mansalva de los recursos hidrocarburíferos, que no le pertenecen al Gobierno de Lasso, sino a todos los ecuatorianos».

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