Quito, 1 jun (La Calle).- El presidente de la República, Guillermo Lasso, suscribió el Reglamento a la Ley Orgánica del Uso Legítimo de la Fuerza. Este instrumento garantiza que cualquier servidor de la fuerza pública que cause lesión o muerte no sea aprehendido.
En el documento se recalca que los servidores que causen daño en “cumplimiento de su deber legal”, no podrán ser separados de la entidad, ni perderán sus derechos laborales. Si se comprueba que existió el uso arbitrario de la fuerza, el oficial podrá defenderse y tras investigaciones ser enjuiciado.
Por otro lado, en los centros de privación de libertad, los militares tienen la autorización de planificar y ejecutar operaciones de control. El Reglamento recalca que los uniformados actuarán dentro y fuera de las cárceles nacionales; además, que podrán hacerse presentes en cualquier momento.
Sobre la dotación y la materialización del acto ilícito
Los servidores de la Policía y las Fuerzas Armadas tienen pueden tener, usar y portar equipamiento “para el cumplimiento de su misión”. Asimismo, toda amenaza, peligro inminente, resistencia violenta o “acciones conducentes a agredir” a cualquier uniformado será considerada como un acto ilícito.
En este caso, se podrá someter al sospechoso con el fin de evitar atentados y daños a los servidores. Según el mandatario, es absurdo que el polícía deba esperar a que el delincuente le dispare o dispare a alguien más.
El documento
Este documento fue realizado por el Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior, Fuerzas Armadas, Policía Nacional, SNAI y la Secretaría Jurídica de la presidencia. Dentro de este reglamento se incluyen instructivos para policías, militares y guías penitenciarios.
Lasso aseguró que ahora la fuerza pública puede actuar con la seguridad de que la normativa los respalda. Sin embargo, en 2022 la Asamblea rechazó la ley porque sería autoritaria, violenta y desproporcionada. (DCJ)