Juez de la Corte Nacional solicita autorización para enjuiciar a la asambleísta Ana Belén Cordero

Quito, 12 may (La Calle).- Un juez la Corte Nacional de Justicia (CNJ) solicitó a la Asamblea Nacional la autorización para proceder con el enjuiciamiento penal en contra de la asambleísta de CREO, Ana Belén Cordero.

Este 11 de mayo, Felipe Córdova, juez de la CNJ pidió al Legislativo el permiso para iniciar con el enjuiciamiento de la legisladora, Ana Belén Cordero, por supuestas expresiones de difamación y deshonra en contra de Héctor Rodríguez, exgerente de Yachay.

Según la denuncia presentada por Rodríguez, las expresiones fueron emitidas en un informe realizado en la Comisión de Fiscalización sobre las universidades emblemáticas del país.

Sin embargo, Cordero aseguró que el informe evidenciaba el abuso de los recursos del Estado y la incapacidad académica y administrativa de quienes estaban en el cargo. En este documento también, se pedía la comparecencia a la Fiscalía de algunos exfuncionarios de universidades para ser investigados por la Contraloría, entre ellos: Héctor Rodríguez Chávez, Mario Cuvero, William Vásconez, Fander Falconí y René Ramírez.

¿En qué radica la denuncia presentada por Héctor Rodríguez?

La denuncia estaría enmarcada en el artículo 396, numeral uno, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), el cual trata de las contravenciones de cuarta clase, cuya sanción es de 15 a 30 días de pena privativa de libertad de quien, por cualquier, medio emita expresiones en descrédito en contra de otra persona.

Por su parte, el juez de la CNJ aseguró que el proceso se da en virtud que la persona denunciada posee la dignidad de asambleísta nacional, hecho que lo conduce a garantizar el debido proceso y llevar a cabo el trámite correspondiente, bajo el artículo 128 de la Constitución y 111 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

Se debe considerar que la denuncia ya pasó por manos de una jueza de Pichincha, quien se abstuvo de darle continuidad, alegando que la denunciada goza de fuero de Corte Nacional, al ser asambleísta.

El Pleno de la Asamblea Nacional tiene 30 días para responder al pedido, de no ser así, se considerará que la autorización fue concedida.

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