José De La Gasca: «La Constituyente será una prioridad»

Quito, 14 abr (La Calle).- Tras la reelección de Daniel Noboa como presidente de la República en esta segunda vuelta electoral, el ministro de Gobierno, José De La Gasca, aseguró que la creación de una Asamblea Constituyente ya es parte la hoja de ruta del actual gobierno.

«Ayer en la noche yo me trasladé a Olón para felicitar al presidente Daniel Noboa y hemos conversado sobre la Asamblea Constituyente, es una prioridad. En eso nos vamos a concentrar como Ministerio de Gobierno. Hay muchas cosas que mirar», dijo De La Gasca en entrevista para Teleamazonas frente a esta propuesta que planteó el mandatario durante los comicios electorales.

¿Cuál es el proceso para realizar una Asamblea Constituyente?

El marco constitucional establece que la Corte Constitucional es la entidad que dictaminaría si es viable el establecimiento de una nueva normativa o si serían suficientes las reformas fragmentarias.

La abogada Verónica Hernández explicó que el proceso exige cumplir requisitos legales y superar el escrutinio de la Corte Constitucional (CC). Este mecanismo, contemplado en la Constitución, busca responder a necesidades profundas de cambio social, político o económico, pero debe garantizar que no se vulneren los principios democráticos. El proponente debe presentar la siguiente documentación:

  1. Justificación legal y social: Un escrito de justificación que explique con claridad por qué es necesaria una nueva Constitución. Este debe incluir razones de fondo (sociales, económicas, políticas o jurídicas) y argumentar por qué otros mecanismos, como una enmienda o reforma parcial, no son suficientes.
  2. La propuesta de consulta popular
    • Los considerandos: Textos explicativos que informen a la ciudadanía sobre la necesidad o conveniencia de convocar la Asamblea. Deben ser claros, objetivos y libres de sesgos, para que el elector vote con libertad y conciencia.
    • La pregunta: Debe ser simple y directa. La CC verificará que no haya ambigüedades o manipulación en su redacción.
  3. El estatuto de la Asamblea
    • Un reglamento que detalle cómo se elegirán a los asambleístas y un reglamento para el proceso

Si la Corte avala los documentos, el Consejo Nacional Electoral (CNE) organiza la consulta popular. Si la ciudadanía vota “Sí”, se convocan elecciones para elegir a los asambleístas. Una vez redactada la nueva Constitución, esta debe someterse a un referéndum para su aprobación definitiva.

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