Quito, 08 jun (La Calle). – El Gobierno, a través del directorio de la AMT, anunció la restricción de movilización de 2 personas en una motocicleta nivel nacional, salvo si tienen relaciones de parentesco.
Este Gobierno está comprometido en la lucha contra la inseguridad y dentro de ese esquema hemos tomado algunas decisiones para combatir este flagelo. Como ustedes saben hace aproximadamente un mes decidimos implementar el estado de excepción en tres provincias particularmente conflictivas”, dijo el ministro de Gobierno, Francisco Jiménez.
Añadió que dentro del directorio de la ANT se tomó la decisión de restringir la capacidad de movilización de las personas en moto. “A partir de ahora no podrán ir dos personas en moto sin que estén bajo condiciones específicas como por ejemplo cuando tengan parentesco o sea un hombre y una mujer”.
El ministro de Transporte, Marcelo Cabrera, expresó que la decisión es muy importante. “Hemos trabajado en este reglamento que tiene cinco artículos y que limita la circulación de dos personas en una moto. Salvo algunas excepciones”, dijo.
Por su parte, el director de la Agencia Nacional de Transito (ANT), Adrián Castro, explicó las excepciones en esta prohibición. “Cónyuges, parejas en unión de hecho, hijos, hermanos, núcleo familiar. Los adultos mayores, las personas con discapacidad, cuando se traslada una mujer y los niños menores de 12 años”. El funcionario añadió que los municipios pueden añadir más puntos en ordenanzas, si así lo creyeran convenientes con base en estadísticas y datos de su realidad. MIB