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Esto es lo que debes saber sobre la jubilación de personas con discapacidad

Quito, 31 ene (La Calle).- El abogado Esteban Rodríguez explicó para La Calle el proceso que siguen las personas con discapacidad para acceder a una jubilación patronal y social.

Rodríguez mencionó que el ordenamiento jurídico ecuatoriano brinda algunas protecciones especializadas a las personas con discapacidad. Es decir, la Constitución establece que las personas que pertenecen a este sector deben recibir una atención priorizada por parte del Estado. Enfatizó que de acuerdo a la Ley Orgánica de Discapacidad, los ciudadanos solo necesitan acreditarse para recibir estos beneficios.

¿Todos se pueden beneficiar?

El abogado remarcó que no todas las personas que cuentan con la aprobación del Conadis pueden acceder a este beneficio, pues es necesario que reflejen al menos el 30 % de discapacidad para que puedan ser beneficiadas.

Mencionó que en el caso de personas con discapacidad física necesitan acreditar 2 años de aportación, cerca de 300 contribuciones. Mientras que los ciudadanos que presenten discapacidad intelectual necesitan 240 aportaciones; es decir, casi 20 años. Todos estos procesos se realizan sin un parámetro o límite de edad.

Esta es la principal diferencia con el otro régimen que también aspiran a una jubilación social, pues deben cumplir entre 30 o 40 aportaciones y mínimo 60 años.

¿Cuánto reciben?

Rodríguez comentó que las personas con discapacidad tienen derecho al 68,5 % del salario básico de un trabajador. Además, deberán considerar los cinco mejores años de remuneración y en función de eso ser acreedor de estos planes.

Mientras que, la jubilación patronal se mantiene de la misma manera, si el empleado permaneció 25 años o más, el empleador sigue las reglas básicas para ejercer ese proceso. El abogado indicó que si el empleador se niega a que el empleado acceda a este trámite, el perjudicado deberá acceder al Ministerio de Trabajo.

“Hay que recordar que si el empleador tiene un nómica de 24 trabajadores, obligatoriamente debe contratar a una persona con discapacidad “, explicó.

¿Cómo acceder a este beneficio?

Las personas que están a punto de ingresar en este proceso, pueden acceder a la página web del IESS, que permite colgar todos los documentos de manera virtual. Dependiendo del número de casos que tenga la entidad podrá despachar el informe en más-menos 15 días.

“Eso sí podrá acceder a todo eso siempre y cuando no haya mora, presentando todos los documentos y con todo en regla”, alegó.

Sin embargo, recalcó que existe la posibilidad de que el empleador cree un tipo de “artimañas” para no legitimar este proceso. Por ejemplo, podrían acreditar a personas al Conadis, pero que no padezcan ningún tipo de discapacidad o evitar que los trámites de la jubilación avance.

Además, recalcó que en caso de un despido intempestivo las personas con discapacidad tienen derecho a 18 remuneraciones para reconocer su trabajo. Enfatizó que el Estado y el Gobierno debería velar porque las irrupciones en estos procesos no incrementen.