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Empleados que integren las Juntas Receptoras del Voto, tendrían un día de vacación

Quito, 4 sep (La Calle).- Este 3 de septiembre, el Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó el reglamento para la conformación y selección de los Miembros de las Juntas Receptoras del Voto (MJRV). Entre las novedades, se destaca la eliminación del incentivo económico para todos los seleccionados.

Los próximos comicios electorales están planificados para el 7 de febrero del 2021. Sin embargo, en el marco de la emergencia sanitaria y la reducción del presupuesto general para las elecciones, el CNE estableció un nuevo reglamento.

El artículo 30 del documento establece que el CNE garantizará incentivos para los Miembros de la Junta Receptora del Voto. Sin embargo, en pocos casos se trata de un beneficio económico. Para empleados públicos y privados se ofrece un día extra de vacaciones y para estudiantes se habla de “reconocimientos académicos”. Este último, según el consejero Luis Verdesoto, consistirá en un diploma de reconocimiento.

Los incentivos económicos

De un  monto económico solo se beneficiarán  “los ciudadanos que cumplan con esta obligación en recintos electorales de difícil acceso (aéreo y fluvial) y en los centros de privación de libertad”. Sin embargo, no se descarta el rédito económico para todos, siempre que exista “disponibilidad presupuestaria”.

Considerando la emergencia sanitaria, el CNE ha decidido disponer de medios electrónicos para los procesos de capacitación de los miembros de las juntas. Así también, de darse el caso de una reunión presencial, los participantes respetarán las normas de bioseguridad necesarias.

Las Juntas Receptoras del Voto estarán conformadas por tres vocales principales, tres vocales suplentes y un secretario. En las juntas del exterior, el número de vocales se reduce a dos, no obstante, se mantiene el cargo de un secretario.

De acuerdo al cronograma electoral, el próximo 17 de septiembre el CNE convocará a elecciones. Para el 10 de noviembre notificarán a las personas miembros de las Juntas Receptoras del Voto. (JBS)