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El supuesto reparto de Bella Jiménez puede costarle el puesto en la Asamblea

Quito, 21 ago (La Calle).- El supuesto cobro por cargos públicos en el que habría incurrido la asambleísta  Bella Jiménez (ID) puede llevarla a la destitución de su curul. Dos legisladores Victoria Desintonio (UNES) y Alejandro Jaramillo (ID) interpondrán la denuncia respectiva.

Si se comprueba este delito en el Comité de Ética, la imagen del Legislativo volverá a los cuestionamientos ¿este es un camino a la muerte cruzada?

El proceso

Para que el caso llegue al Comité de Ética y después al Pleno, hay algunos pasos a seguir. “Anteriormente se hacía una deuncia juramentada, es decir el reconocimiento de firma y rúbrica ante un notario público. Ahora la denuncia se presenta a la presidenta de la Asamblea. El Consejo de Administración Legislativa (CAL) la califica y si no cumple los requisitos devuelven la denuncia para que en tres días completen lo que falta para su sustento. De ahí se la califica y remite al Comité de Ética”, explica para Radio La Calle el abogado en temas políticos, Xavier Aguilar.

¿Qué requisitos necesita la denuncia?

Además de la denuncia con firma de los solicitantes, la ley solicita el 10% del apoyo de los miembros de la Asamblea (14 legisladores). También la denuncia debe estar debidamente sustaciada y fundamentada.

Este caso remite a los artículos 127 numeral tres de la Constitución y 163 numeral 3 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa. En ambos, la gestión de cargos públicos está prohibida entre las funciones de un asambleísta.

¿Qué pasa cuando llega al Comité de Ética?

“Hay que tener en cuenta que si el CAL califica la denuncia, la asambleista no puede renunciar. Si lo hace el proceso continúa”, explica el jurista.

En el Comité de Ética se establece un plazo de tres días donde se notifica al denunciante para que presente sus pruebas de cargo. El denunciado, por su parte, tendrá 10 días para presentar sus pruebas de descargo.

También se realiza una solicitud de audiencia ante el Comite para escuchar a las dos partes. “Si el denunciado no presenta pruebas, no se presenta a la audiencia, el proceso continúa en rebeldía”, añadió.

El Comité toma un tiempo de evaluación de las pruebas de cargo y descargo. El presidente presentará un informe a todo el Comité donde se recomienda la destitución o el archivo. Éste se aprueba con mayoría absoluta.

Finalmente, si se recomienda la destitución, la presidenta del Legislativo tendrá cinco días para convocar a sesión de Pleno. La censura y destitución de un asambleísta se aprobará con una mayoría calificada, es decir las dos terceras partes de los legisladores.

Además de no poder ejercer cargos por dos años, el artículo 15 de la Ley de Servicio Público dispone que la persona destituida no puede volver al lugar del que salió.

La parte política

Para Aguilar, este caso es una “cascarita de plátano que pone el Gobierno al Legislativo. […]  El Gobierno sabe que tiene una mayoría muy frágil en la Asamblea y que hay otras tendencias como la social democracia o el progresismo que no aprobarían las leyes económicas o la reforma tributaria. Sabe que no le queda de otra que deslegitimar a la Asamblea”.

Si se llama a una consulta popular para cambiar el sistema legislativo, se puede anticipar la salida de los asambleístas y gobernar por decreto ley.

También tiene como mecanismo constitucional la muerte cruzada, eliminar la Asamblea y gobernar por decreto ley para implantar el plan de gobierno.