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“El presidente puede declarar estado de excepción”, indica la Corte Constitucional

Quito, 18 abr (La Calle).- Por medio de un comunicado, la Corte Constitucional explicó que no está en sus funciones prohibir que el presidente redacte un estado de excepción.

El anuncio aparece después de declaraciones de autoridades del gabinete sobre la responsabilidad de la Corte Constitucional en esta decisión.

“Es importante recordar que este organismo no restringe, limita o autoriza que el primer mandatario haga uso de sus facultades, pues el control del estado de excepción se realiza posterior a la declaratoria de dicho estado”, dice el documento.

El comunicado también aclara que ante la preocupación de la crisis sanitaria. “Hace ocho meses, esta magistratura pidió a la Presidencia de la República que presente un proyecto de Ley a la Asamblea con medidas transitorias sobre el manejo de la movilidad y todo lo que respecta al estado de excepción”.

La misiva finaliza indicando que también se le insistió al Ejecutivo la revisión de los parámetros constitucionales antes de redactar un decreto. “Rechazamos la intención de responsabilizar a este organismo por los efectos de la crisis”.

COE Nacional

Desde las 14h00, el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) sesiona para tomar medidas, especialmente, en torno a las 11 provincias con restricción de movilidad. El secretario de Gabinete, Jorge Wated no descartó un cuarto estado de excepción en el país.

“Confinamiento selectivo se pidió antes del feriado de Semana Santa y por un mes. Se tomaron las medidas y la corte constitucional dio de baja por tercera vez el estado de excepción. Somos respetuosos de las instituciones y pediremos un 4to estado de excepción”, escribió en un tuit.