Quito, 19 sep (La Calle).- El Servicio Nacional de Aduanas de Ecuador (Senae) informó que los pasajeros podrán traer algunos productos como licores, perfumes, computadoras y artículos de uso personal sin pagar impuestos.
La entidad modificó algunos artículos en la reforma al Procedimiento General para el Despacho de Equipaje de Pasajeros y Tripulantes que Ingresan o Salen de los Aeropuertos Internacionales. La medida rige desde el 15 de septiembre.
La reforma establece que los viajeros podrán traer mercancía que no excedan valores comerciales establecidos anteriormente, por ejemplo:
- valor de USD 2.000 para bienes que no sean cantidades comerciales y no excedan los 10 artículos de la misma clase;
- un cupo de USD 3.000 para artefactos domésticos, deportivos o propios de su arte o profesión que no excedan las 3 unidades;
- un cupo de UD 3.000 para artículos de uso personal, pero que no sobrepasen las 10 unidades de la misma clase.
Sin embargo, el artículo 5 enfatiza que los pasajeros que lleven bienes tributales (objetos que sobrepasen la cantidad o valor fijado) deberán suscribirlos al FRA (Formulario de Registro Aduanero) y someterse al aforo y pago correspondiente.
“Si el pasajero trae consigo una mercancía que exceda de los USD 1.000 hasta USD 2.000 y que no haya presentado el FRA respectivo deberá pagar una multa”, reza el documento.
¿Qué se puede traer?
- Alimentos debidamente sellados o empaquetados al vacío;
- medicamentos -con prescripción médica nacional o extranjera- vitaminas y suplementos alimenticios -máximo 8 kilogramos-;
Para pasajeros mayores de 18 años:
- Máximo cinco litros de bebidas alcohólicas;
- 20 cajetillas de cigarrillos de 20 unidades;
- 1 libra de tabaco y 25 unidades de habanos y cigarros;
(Cuando un envase exceda lo establecido, se deberá tributar el excedente)
- máximo 500 mililitros de perfume por pasajero o 1.000 mililitros por grupo familiar enfrascados en envases nuevos;
- máximo 2.500 mililitros o 5.000 mililitros por grupo familiar en cremas, lociones corporales, splash, otros, en frascos nuevos.
Artefactos electrónicos
- Teléfono celular;
- cámara fotográfica;
- videograbadora o filmadoras;
- receptor digital de multimedia y reproductor de imagen / video o sonidos portátiles -de uso doméstico-;
- teléfono satelital;
- Agenda electrónica o tablet;
- Equipo de posicionamiento global portátil (GPS);
- computador portátil o sus periféricos;
- consola de videojuegos con 2 accesorios máximo (portátiles o no);
- reloj inteligente o smartwatch;
- audífonos inalámbricos;
- televisor de hasta 60 pulgadas;
- monitor de computadora de 32 pulgadas;
- computador de escritorio y sus periféricos;
- prismáticos;
- telescopio;
- dron (su valor no puede superar los USD 1.000)
En caso de que los viajeros incumplan cualquiera de estas normas deberán pagar la multa impuestas por las autoridades. Una vez que los pasajeros hayan cancelado podrán acceder a sus bienes.
Aquí la resolución completa.