Quito, 12 ago (La Calle).- La Corte Constitucional ratificó la constitucionalidad de las reformas a la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI). En la resolución, dispuso a la Asamblea Nacional subsanar, en 30 días, las observaciones determinadas por los jueces.
Sin embargo, la Corte indicó que, producida la subsanación o agotado el tiempo, resolverá sobre la declaratoria de inconstitucionalidad de las disposiciones afectadas. Mientras tanto, estas no tendrán vigencia.
Según la institución, se incurrió en varios vicios de inconstitucionalidad formal. En lo referente a las disposiciones legales sobre el régimen de jubilación especial de los docentes, se omitió deliberar con base en informes actuariales actualizados y específicos. Esto se catalogó como una transgresión de los artículos 368 y 369 de la Constitución.
En cuanto a las disposiciones legales relativas al aumento generalizado de remuneraciones de los docentes, se omitió deliberar con base en un análisis de factibilidad financiera. Aquí se incurrió en una violación de los artículos 286 y 287 de la Constitución.
La Corte lamentó que la Asamblea Nacional y el expresidente de la República, en el trámite de aprobación de la ley, hayan incumplido con su deber de garantizar la sostenibilidad de la seguridad social.
Además, señaló que dicha práctica política carece de seriedad, pues promueve el desarrollo de los derechos sociales de la población solo de manera “ilusoria”.
La Corte ha sido enfática en aseverar que la falta de seriedad institucional termina por mermar el progreso del Sistema Nacional Educativo y por frustrar aspiraciones legítimas de los docentes.
La sentencia contó con ocho votos a favor y un voto en contra del juez Enrique Herrería Bonnet.