Corte IDH condena a Ecuador por violar derechos de pueblos indígenas en aislamiento voluntario

Quito, 14 mar (La Calle).- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró al Estado ecuatoriano responsable por la violación de más de 20 derechos de los pueblos indígenas Tagaeri y Taromenane, así como de otros pueblos en aislamiento voluntario que habitan en la Amazonía ecuatoriana. Este fallo histórico marca la primera vez que el tribunal internacional se pronuncia sobre un caso relacionado con pueblos indígenas en aislamiento (PIA).

La sentencia responsabiliza a Ecuador por violaciones a derechos fundamentales como la propiedad colectiva, la libre determinación, la vida digna, la salud, la alimentación, la identidad cultural, el ambiente sano, la vivienda, las garantías judiciales y la protección judicial. El caso, denunciado hace 19 años, analizó las afectaciones al territorio y modo de vida de estos pueblos, así como los hechos violentos ocurridos en 2003, 2006 y 2013.

Uno de los episodios más graves ocurrió en 2013, cuando dos hermanas indígenas, de 6 y 12 años, fueron sacadas de su hábitat, separadas y llevadas a distintas comunidades. La Corte ordenó al Estado determinar a los responsables de este hecho, investigar los ataques y muertes, y realizar un peritaje cultural para establecer una reparación adecuada.

Medidas ordenadas por la Corte

La Corte IDH dispuso que el Estado ecuatoriano adopte medidas efectivas para garantizar el cumplimiento de la Consulta Popular de 2023, que establece la no explotación del crudo en el bloque 43 del Yasuní. Además, exigió que las licencias ambientales para proyectos extractivos incluyan estudios de impacto que prevengan afectaciones a los pueblos en aislamiento.

El tribunal también ordenó la creación de una comisión técnica para evaluar la Zona Intangible Tagaeri y Taromenane (ZITT) y asegurar su protección. Respecto al Campo de Armadillo, la Corte determinó que la declaratoria de interés nacional para actividades petroleras afectó los derechos de propiedad y libre determinación de estos pueblos.

La Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie) calificó el fallo como «histórico» y destacó su importancia para la defensa de los pueblos en aislamiento. Por su parte, el colectivo ambientalista Yasunidos celebró la decisión, afirmando que «es una victoria fundamental para los pueblos en aislamiento y una razón más para exigir el cumplimiento de la consulta por el Yasuní».

Un precedente regional

La sentencia de la Corte IDH sienta un precedente significativo para la protección de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario en América Latina, donde países como Brasil, Perú, Colombia, Paraguay y Bolivia también albergan a grupos que eligen mantenerse alejados de la sociedad externa.

El fallo subraya que «el principio de no contacto y el respeto a su elección de permanecer en aislamiento deben ser las premisas fundamentales para guiar las acciones estatales». Además, el Estado ecuatoriano tiene un año para presentar un informe sobre las medidas adoptadas para cumplir con la sentencia y realizar un acto público de reconocimiento de su responsabilidad internacional.

Este caso no solo representa una derrota para el Estado ecuatoriano, sino también un avance crucial en la defensa de los derechos de los pueblos más vulnerables de la región.

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