Quito, 26 sept (La Calle). – Con la ley de Oportunidades, el trabajador deberá entregar un porcentaje de dinero al empleador si resulta despedido por una de las justas causas de terminación de contrato.
“En el proyecto de “ley de oportunidades” se elimina el visto bueno y ahora sin trámite previo de Inspección de Trabajo se despedirá trabajadores. Si el que termina la relación laboral es el empleador el trabajador tiene que pagar un mes de sueldo a su empleador”, alertó el jurista Luis Fernando Molina.
¿Qué dice el artículo?
El artículo 75 del proyecto de ley indica que: En caso de que el contrato terminase por una de las justas causas indicadas en el Artículo 70 de esta ley, el trabajador deberá pagarle al empleador una indemnización equivalente a un mes de la última remuneración completa”.
Las causas justas que indica el artículo 70 y se estipulan en 13 numerales a favor del despido de un empleado por parte de su empleador.
Entre esas razones están: : “Por más de dos ausencias o impuntualidades injustificadas al trabajo, dentro de un término de sesenta días. Las impuntualidades pueden ser respecto a la entrada o a la salida del trabajo”. Así también la indisciplina, la injuria, ineptitud, denuncia injustificada contra el empleador en el Ministerio de Trabajo. Igualmente la falta de acatamiento a las medidas de seguridad, acoso laboral, divulgación de información. Además, la entrega de información falsa o no retomar sus labores al día siguiente de finalizar una huelga.