Quito, 1 dic (La Calle).- La Asamblea Nacional aprobó por unanimidad el el proyecto de Ley Orgánica para la Igualdad Salarial entre Hombres y Mujeres, que tiene como objetivo erradicar prácticas discriminatorias en el ámbito laboral.
Las legisladoras Marcela Holguín y Dallyana Passailaigue plantearon esta propuesta en 2021, sin embargo, tras la disolución de la Asamblea Nacional la aprobación de esta ley quedó en lista de espera. El pasado 28 de noviembre el parlamento ecuatoriano aprobó con 134 votos afirmativos el proyecto que había quedado estancado.
¿En qué consiste?
Según Passailaigue, esta es una ley sencilla que resuelve un problema complejo por lo que ordenará al Estado, a través del Ministerio de Trabajo, a garantizar igualdad salarial.
Su articulado determina que todo empleador público o privado está obligado a remunerar de forma igualitaria a todos sus servidores, trabajadores u obrero, sin discriminación de género, por el mismo trabajo realizado o de igual valor.
El trabajador, obrero y servidor público podrán exigir el respeto de su derecho a la igualdad de remuneración, a través de denuncia a la Unidad de Talento Humano o quien haga sus veces en la Administración Pública. Por otro lado, los trabajadores del sector privado deberán realizar la acusación ante el órgano rector de la política laboral.
Un reporte de la Cámara de Comercio de Quito (CCQ) de marzo del 2023 reportó que la brecha salarial en Ecuador es una de las más altas de la región. El estudio se hizo con base a las estimaciones de la empresa de recursos humanos Adecco. El informe detallaba que las mujeres ganan un 20 % menos que los hombres que se encontraban en el mismo puesto laboral.
”Las brechas de género son un hecho, no es un invento y hay una relación directa con las obligaciones de cuidado que han recaído sobre los hombros de las mujeres”, dijo la especialista en empoderamiento económico de la ONU, Gabriela Montalvo, quien fue invitada al Parlamento.
Otros puntos
Además la ley exige a las empresas privadas e instituciones públicas la capacitación obligatoria en temas relacionados a “derechos laborales de hombres y mujeres, igualdad de género, erradicación de violencia y no discriminación en el ámbito laboral, entre otros”.
Por otro lado, el empleador también está obligado a realizar un reporte anual de las acciones y cumplimiento de directrices para alcanzar la igualdad de remuneración entre hombres y mujeres. El documento deberá entregarse al órgano rector de la política laboral.
De igual manera se dispuso en todo el territorio ecuatoriano que el 18 de septiembre de cada año como celebre el “Día de la Igualdad de Remuneración” siendo su principal objetivo la promoción de actividades de concienciación y difusión sobre la brecha salarial de género.
La ley aprobada deberá pasar por manos del Ejecutivo y el presidente Daniel Noboa decidirá si vetarla o no. Si existe el visto bueno del mandatario, pasará a publicarse en el Registro Oficial y a partir de ese momento entrará en vigencia. (AGM).