CNE, en aprietos tras decreto de la muerte cruzada

Quito, 17 may (La Calle).- El vicepresidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), Enrique Pita, expuso el procedimiento que sigue tras el decreto de la muerte cruzada. El organismo tendrá que convocar a elecciones en un plazo de siete días.

El funcionario precisó que en estos nuevos comicios se deberán elegir asambleístas y un gabinete presidencial que gobernará hasta 2025. Por otro lado, resaltó que se enfrentan a un gran desafío para la organización de este proceso y que la decisión del presidente Guillermo Lasso también los tomó por sorpresa.

»No obstante yo tengo que reconocer que desde el CNE ya veníamos trabajando la posibilidad de esta situación», dijo en entrevista con Visionarias.

El CNE ante su primera muerte cruzada

Pita agregó que pueden existir complicaciones al preparar un calendario electoral, pues se tienen que acoplar a los procesos de democracia interna, inscripción de candidaturas y posibles impugnaciones.

Aclaró que llevar adelante en 60 días el proceso electoral iría en contra de los tiempos normales. Sin embargo, dijo que se regirán a lo establecido por la ley.

Además, dijo que esos plazos no fueron meditados por los legisladores que promulgaron y redactaron la ley, ya que nadie esperaba que ocurra una situación así. También enfatizó en que existen vacíos legales porque no se determinaron los procedimientos en caso de que ocurra una segunda vuelta.

»Hay una serie de aspecto que nos tocará asumir», dijo.

La muerte cruzada

El presidente de la República, Guillermo Lasso, disolvió la Asamblea Nacional a través del decreto 741 de muerte cruzada la mañana de este miércoles 17 de mayo de 2023.

Ahora, el jefe de Estado gobernará vía decretos-ley los siguientes seis meses sin el contrapeso del Legislativo, pero no terminará su mandato. Sin embargo, la Corte Constitucional verificará que sus decisiones no sean contrarias a la Carta Magna.

De acuerdo con el documento, el primer mandatario firmó el decreto considerando la existencia de “una grave crisis política y conmoción interna, de conformidad con el artículo 148 de la Constitución de la República del Ecuador”. (A.G.M).

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