Quito, 16 may (La Calle).- Entrevista con el analista jurídico y constitucional, experto energético y en contratación pública sobre la ley de apoyo humanitario y sus violaciones a los derechos de los trabajadores.
¿Qué pensó apenas se aprobó La Ley de Apoyo Humanitario?
Nada. El Presidente Moreno y los partidos de la derecha cogobiernan y atropellan la Constitución. Piensan que es un papel cualquiera. Uno se decepciona cuando no conoce algo o espera algo. Violan cualquier norma desde que están en el poder, en definitiva, no me llamó la atención.
¿Cuáles serán los efectos de la Ley para el país?
Desde la exposición de motivos de la Ley Humanitaria, se habla de que esta ley proyecta una expectativa de recuperación económica para 2021, de acuerdo con la misma Directora del FMI, cuando todo lo que se norma es para dos años o más.
En primer lugar, se precariza la relación laboral, a los trabajadores se los somete, los acorralan con la preservación del trabajo por un mutuo acuerdo que modifica las condiciones de la relación cuando, por si no lo recuerdan, los derechos de los trabajadores son irrenunciables. Es tan cínico desde el titular: “la preservación de los acuerdos de trabajo”.
En el artículo 18 numeral 3 se violan las condiciones en los que se alcanzan los acuerdos. Se habla de que es un tema bilateral y directo entre empleador y empleado, luego de que se pueden alcanzar acuerdos entre “mayorías de trabajadores”, ¿qué mismo? La Ley tiene una serie de errores de redacción pavorosos. Sin acuerdos, el empleador puede liquidar la empresa, así de simple: un causal de liquidación que no consta en la Ley de Compañías.
El “contrato especial emergente” que, según la ley aprobada por la misma Asamblea es de tiempo indefinido. No. Sucede que no es así, pues se agrega que será de una duración de dos años y hasta con la posibilidad de ser renovado. “Una caballada”, no se me ocurre otra forma de calificarlo.
Luego viene un golpe duro: la jornada laboral ordinaria ahora podrá ser parcial. Es otra redacción sin sentido. Colijo que una jornada completa puede ser de 20 o 40 horas en seis días. Remuneraciones y beneficios, entonces, serán de acuerdo a la jornada pactada. Una violación a plena luz del día, que no termina ahí: el empleador podrá decidir de forma unilateral la cesación de ese trabajador y el afectado solo tendrá derecho a remuneraciones por desahucio, es decir una cantidad mínima.
Pero sigamos, sé que es duro, pero sigamos. El empleador podrá reducir la jornada laboral hasta el 50 por ciento. Debiendo la remuneración no ser menor al 55 por ciento, pero el aporte a la Seguridad Social se pagará con base en la jornada reducida. Quieren despechar y despachar a todos, para contratar a nuevo personal con nuevas condiciones. Las empresas luego de votar a todos se llenarán de puro contrato emergente, además la reducción será por dos años y renovable. Otra vez cuatro años y no un año y medio como consta en los antecedentes.
Los sindicatos no han dicho nada…
¿Usted cree que van a hacer algo? Yo hace mucho que no creo en ellos. Y eso que no hablamos de cómo queda el Estado. Han reducido el Estado hasta convertirlo en una entelequia.
¿Que nos queda por hacer?
Romper el cerco. No entiendo como los trabajadores del sector privado y público no dicen nada, ¿será que no se dan cuenta? Y sobre la bancada de la Revolución Ciudadana deberían ponerse metas. Todos los días tienen el venado en la mira y siguen sin aplastar el gatillo. Por ejemplo, en estos momentos la Fiscalía tiene entre sus manos los papeles de Edwin Moreno, el hermano del Presidente. Pero no pelean, no se hacen sentir, quieren seguir en sus casas.
Apostillas:
-La ley es el sueño dorado de los empleadores, que se han quejado desde siempre de que la mano de obra es cara. Ahora les dan chance de un borra y va de nuevo. Si yo tengo una empresa, la desaparezco, no les reconozco los derechos y todo queda en nada.
-La disposición transitoria segunda sobre la remisión tributaria es el postre luego del fuerte. Si una empresa se encuentran en mora dentro de ese esquema que, de por sí, los favorece, pues no se calificará esa falta de pago y se les permitirá cubrirla hasta septiembre de 2020.
-¿El cafecito?: la tercera disposición transitoria, se crea un plan excepcional de 12 meses para cubrir determinadas obligaciones.
-Mientras unos nos comemos cemento otros comen manjares a plazos y, para colmo, dejan todo botado.