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Así queda la semaforización del toque de queda en el país

Quito, 23 ene (La Calle).- El presidente Daniel Noboa oficializó la semaforización del toque de queda en distintos cantones del país, acorde al nivel de violencia que afronta cada localidad. Esta disposición regirá desde el 23 de enero de 2024 y mantendrá una evaluación paulatina.

La restricción iniciará a las 00h00 hasta las 5h00, en los siguientes sectores categorizados como ALTO:

  • Cañar: La Troncal
  • El Oro: Arenillas, Huaquillas, Machala, Pasaje, Santa Rosa.
  • Esmeraldas: Esmeraldas, Quinindé, San Lorenzo.
  • Guayas: Durán, Guayaquil, Balao, Balzar, Daule, El Triunfo, Empalme, Milagro, Naranjal, Naranjito, Playas, San Jacinto de Yaguachi.
  • Los Ríos: Babahoyo, Buena Fe, Pueblo Viejo, Quevedo, Valencia, Ventanas, Vinces.
  • Manabí: Manta, Montecristi, Pedernales, Portoviejo.
  • Pichincha: Quito.
  • Santa Elena: la Libertad, Salinas, Santa Elena.
  • Santo Domingo de los Tsáchilas: Santo Domingo
  • Sucumbíos: Lago Agrio.

Mientras que los lugares categorizados como MEDIO no podrán movilizarse desde las 02:00 am hasta 05:00. Entre ellos están:

  • Azuay: Camilo Ponce, Cuenca.
  • Cañar: Azogues.
  • Carchi: Tulcán
  • Chimborazo: Riobamba
  • El Oro: El Guabo
  • Esmeraldas: Atacames
  • Guayas: Samborondón, Colimes, Lomas de Sargentillo, Nobol, Pedro Carbo, Simón Bolívar.
  • Los Ríos: Baba, Mocache, Urdaneta.
  • Manabí: El Carmen, Sucre.
  • Morona Santiago: Morona
  • Napo: Tena
  • Orellana: La Joya de los Sachas
  • Pichincha: Cayambe
  • Santo Domingo de los Tsáchilas: La Concordia

Finalmente, los cantones que se consideran de manera BAJA y tendrán mayor movilidad son:

  • Azuay: El Pan, San Fernando, Chordeleg, Girón, Guachapala, Gualaceo, Nabón, Oña, Paute, Pucará, Santa Isabel, Sevilla de Oro, Sigsig.
  • Bolívar: Caluma, Chillanes, Chimbo, Echeandía, Guaranda, Las Naves, San Miguel.
  • Cañar: Biblián, Cañar, Deleg, El Tambo, Suscal.
  • Carchi: Bolívar, Espejo, Mira, Montúfar, San Pedro de Huaca
  • Chimborazo: Alausí, Chambo, Chunchi, Colta, Cumandá, Guamote, Guano, Pallatanga, Penipe.
  • Cotopaxi: La Maná, Latacunga, Pangua, Pujilí, Salcedo, Saquisilí, Sigchos.
  • El Oro: Atahualpa, Balsas, Chilla, Las Lajas, Marcabelí, Piñas, Portovelo, Zaruma
  • Esmeraldas: Eloy Alfaro, Muisne, Rioverde.
  • Galápagos: San Cristóbal, Isabela, Santa Cruz.
  • Guayas: Alfredo Baquerizo Moreno, Crnel. Marcelino Maridueña, Gnral. Antonio Elizalde, Isidro Ayora, Palestina, Salitre, Santa Lucía.
  • Imbabura: Antonio Ante, Cotocachi, Ibarra, Otavalo, Pimampiro, San Miguel de Urcuquí.
  • Loja: Calvas, Catamayo, Celica, Chaguarpamba, Espíndola, Gonzanamá, Loja, Macará, Olmedo, Paltas, Pindal, Puyango, Quilanga, Saraguro, Sozoranga, Zapotillo.
  • Los Ríos: Montalvo, Palenque, Quinsaloma.
  • Manabí: 24 de Mayo, Olmedo, Bolívar, Chone, Flavio Alfaro, Jama, Jaramijó, Jipijapa, Junín, Paján, Pichincha, Puerto López, Rocafuerte, San Vicente, Santa Ana, Tosagua
  • Morona Santiago: Gualaquiza, Huamboya, Limón Indanza, Logroño, Palora, Santiago, Sucúa, Taisha, Pablo Sexto, Tiwintza, San Juan Bosco.
  • Napo: Archidonda, Carlos Julio Arosemena Tola, El Chaco, Quijos.
  • Orellana: Aguarico, Loreto, Orellana.
  • Pastaza: Arajuno, Mera, Pastaza, Santa Clara
  • Pichincha: Mejía, Pedro Moncayo, Pedro Moncayo, Pedro Vicente Maldonado, Puerto Quito, Rumiñahui, San Miguel de los Bancos.
  • Sucumbíos: Cascales, Cuyabeno, Gonzalo Pizarro, Putumayo, Shushufindi, Sucumbíos.
  • Tungurahua: Ambato, Baños de Agua Santa, Cevallos, Mocha, Patate, Quero, San Pedro de Pelileo, Santiago de Pillaro, Tisaleo.
  • Zamora Chinchipe: Centinela del Cóndor, Chinchipe, El Pangui, Palanda, Paquisha, Yantzaza, Zamora, Mangaritza, Yauambi.

El decreto enfatiza que las personas que circulen durante el periodo restricción serán puestos a órdenes de las autoridades judiciales.

Las restricciones

Quedan exentos de esta disposición los servicios de salud pública integral y la red privada complementaria. También los agentes de seguridad y fuerza pública, complementaria y servicios de gestión y atención de emergencia, servicios de emergencia vial.

Además, los servidores de empresas contratistas que deban movilizarse en horas de restricción, personal de logística, prestadores de transporte y logística aeroportuaria, trabajadores de medios de comunicación que presenten acreditación, personas que abastezcan a la cadena productiva, entre otros.

Las personas que hagan uso de este espacio deberán acreditarlo documentalmente, por lo que la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas (FF.AA.) están facultados para exigir la documentación.

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